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Aquí puedes leer las cuatro entregas disponibles de la newsletter bimensual con información de interés para empresas de la Zona Media de Navarra

Cuatro minutos de lectura de información relevante seleccionada por la consultoría Zabala y que te llega gracias a la colaboración de AEZMNA y Consorcio Zona Media, en el marco del Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media. 

 

Convocatorias de ayudas, asesoramiento gratuito, buenas prácticas y calendario de eventos pensados para empresas del territorio.

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Ayudas a talleres para la transición al vehículo eléctrico

La directora general de Transición Energética y Digital, I+D+i Empresarial y Emprendimiento ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Ayudas a talleres para la transición al vehículo eléctrico, con una dotación presupuestaria de 250.000 euros.

Esta subvención tiene como finalidad contribuir a la transición de los talleres al vehículo eléctrico subvencionando la inversión en equipos, infraestructuras, herramientas y diagnósticos que les permitan actuar en este tipo de vehículos.

¿Quién la puede solicitar?

  • Empresa inscrita en el Registro de talleres de vehículos.
  • Que su actividad económica no cause ningún perjuicio medioambiental.
  • Tener centro de trabajo en Navarra y que la actuación subvencionable se realice en Navarra.
  • Empresa inscrita en el Registro Industrial de Navarra, si procede.
  • No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes.
  • No estén incursas en prohibiciones de la Ley Foral de Subvenciones.
  • La actividad no genere un perjuicio ambiental significativo.

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Seguridad personal (EPP/ESP).
  • Seguridad en el entorno: señalización de zonas de trabajo y uso de elementos contra incendios (como mantas ignífugas).
  • Equipos de manipulación y elevación: elevadores específicos y adaptadores, grúas para baterías y mesas elevadoras (hasta 1.500 kg).
  • Mobiliario: bancos de trabajo no metálicos.
  • Equipos de carga y diagnóstico: cargadores (hasta 7,4 kW monofásico y 22 kW trifásico), sistemas de diagnóstico computarizado, simuladores de carga y herramientas para comprobar baterías y sistemas de refrigeración.
  • Instrumentos de medida y comprobación: comprobadores de tensión, multímetros, pinzas amperimétricas, pértigas aislantes y herramientas certificadas (≥1.000 V).
  • Equipos específicos de batería: balanceadores, cargadores/descargadores de celdas.
  • Otros elementos clave: sistemas de puesta a tierra, zona de residuos de alta tensión y equipos para vaciar el circuito de refrigeración.

El período de ejecución de las actuaciones subvencionables está comprendido entre el 1 de enero de 2026 y el 15 de octubre de 2026.

¿Cuánta ayuda me corresponde?


El importe de la subvención será del 40% sobre la inversión subvencionable (IVA excluido). El importe máximo de subvención por empresa es de 30.000 euros. 

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

 

El plazo de solicitud de las ayudas será del 6/05/26 al 6/07/26.

La documentación que acompañe a la solicitud será la siguiente:

  • Presupuestos desglosados de cada una de las actuaciones en equipos, infraestructuras, herramientas y diagnósticos.
  • Número de identificación del Registro Industrial Integrado del taller.

¿Qué obligaciones tengo?

 

En su caso, mantener los equipos e inversiones objeto de subvención, en propiedad de la empresa durante dos años, como mínimo, a contar desde la fecha de la resolución de abono de la subvención.


¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

La concesión de esta subvención se realizará en régimen de evaluación individualizada, según los criterios señalados en la Base 7 de la convocatoria.

 

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a las personas promotoras del territorio y a quienes tienen en venta un negocio por traspaso. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Ayudas para la mejora de la competitividad 2026

La Dirección General de Fomento Empresarial ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Ayudas para mejora de la competitividad 2026, con una dotación presupuestaria de 1.200.000 euros.

Esta subvención tiene como finalidad fomentar la competitividad de las empresas navarras, mediante la subvención a los proyectos que a tal fin se elaboren con asesoramiento especializado.

Los proyectos podrán consistir en el estudio de las distintas áreas de la empresa, en la implementación de acciones de mejora o en el desarrollo de proyectos de cooperación para conseguir dimensión competitiva en mercados estratégicos, todo ello con el objeto de aumentar de forma clara y sostenible la competitividad de las empresas.

¿Quién la puede solicitar?

  • Empresas dadas de alta en el IAE en Navarra.
  • Empresa inscrita en el Registro Industrial de Navarra, si procede. 
  • No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes.
  • No estén  incursas en prohibiciones de la Ley Foral de Subvenciones.
  • La actividad no genere un perjuicio ambiental significativo.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Por periodo de ejecución:

  • Tipo 1: Serán aquellos proyectos ejecutados (facturados y pagados) entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026.
  • Tipo 2: Serán aquellos proyectos ejecutados (facturados y pagados) entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de abril de 2027. Para diferenciarse de los proyectos tipo 1, será indispensable que alguno de los gastos del proyecto se facture y pague después del 1 de noviembre de 2026.

Por agentes participantes en el proyecto:

  • Individual: Ejecutados por una única empresa. 
  • Cooperativo: Cuando participan 2 o más empresas. La cooperación deberá generar ventajas adicionales respecto a la realización del proyecto de manera individual.

Por áreas:

  • Estrategia.
  • Organización y gestión.
  • Proceso-Producto.
  • Economía circular.
  • Mercado.
  • Innovación social. 
  • Otros: Acuerdos de fusión, protocolos familiares…

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Gastos externos de consultoría e ingeniería. 
  • Inversiones derivadas de consultoría/ingeniería e imprescindibles en proyecto y en las áreas (no puede ser superior al 20% de los gastos del punto anterior) : 
    • Producto-proceso 
    • Economía circular 
  • Otros gastos externos: hasta 10% presupuesto subvencionable.

¿Cuánta ayuda me corresponde?

El importe de la subvención será del 45% sobre la inversión subvencionable (IVA excluido). Se puede aumentar hasta un 60% en los siguientes casos:

  • +5% Igualdad de género. 
  • +5% Empresas asociadas a un clúster. 
  • +5% Proyectos colaborativos.

El importe máximo de subvención por empresa es de 25.000 euros.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo de solicitud de las ayudas es el siguiente:

  • Proyectos Tipo 1: Del 05/05/2026 al 04/06/2026.
  • Proyectos Tipo 2: Del 05/05/2026 al 04/07/2026.

¿Qué obligaciones tengo?

Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de 3 años desde la fecha de resolución del abono.

Régimen de concesión de las ayudas.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 7 de la convocatoria.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a las personas promotoras del territorio y a quienes tienen en venta un negocio por traspaso. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes turísticas 2026

El plazo de solicitud de las ayudas está abierto hasta el 28 de mayo.

El Servicio de Ordenación, Gestión y Calidad del Turismo del Gobierno de Navarra ha  convocado las Subvenciones para la mejora de la competitividad  de las PYMES turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra, con una dotación presupuestaria de 700.000 euros. 

El objetivo de estas ayudas es  modernizar y renovar los establecimientos turísticos, el equipamiento de las agencias de viaje y empresas de turismo activo y/o cultural de Navarra e impulsar el desarrollo tecnológico necesario en el proceso de transformación digital del sector.

La ayuda se dirige a…

Los establecimientos de alojamiento y restaurantes inscritos en Registro de Turismo de Navarra con anterioridad al 28 de mayo del 2026:

  • Establecimientos hoteleros
  • Casas rurales y apartamentos turísticos
  • Campamentos de turismo
  • Albergues turísticos
  • Agencias de viaje
  • Empresas de turismo activo y/o cultural
  • Establecimientos de restauración

En el caso de establecimientos de alojamiento y restaurantes, la inscripción en el Registro de Turismo de Navarra, como titular de los mismos, debe tener una antigüedad de, al menos, dos años, desde la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes:

En el caso de nuevas agencias de viajes o empresas de turismo activo y/o cultural, deberán estar inscritas en el Registro de Turismo de Navarra con anterioridad al 30 de septiembre de 2026.

¿Qué inversiones son subvencionables?

Inversiones realizadas, facturadas y abonadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026:

  • Sostenibilidad ambiental y mejora energética de los establecimientos turísticos.
  • Obras de reforma para mejorar la accesibilidad.
  • Obras de reforma para el aumento y el mantenimiento de la categoría.
  • Inversiones dirigidas a mejorar las instalaciones y/o servicios cicloturista.
  • Adecuación y creación de áreas de pernocta.
  • Adquisición de mobiliario y equipamiento.
  • Inversiones de desarrollo tecnológico.
  • Obras de reforma, renovación, acondicionamiento y mejora de las piscinas.
  • Inversiones en medidas de autoprotección.

Plazo de ejecución de las inversiones

Serán subvencionables las inversiones realizadas, facturadas y abonadas entre el 1 de octubre de 2025 y el 30 de septiembre de 2026.

¿Cuánta ayuda me dan?

El importe de la subvención será del 35% sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA excluido) con una cuantía máxima de 35.000 euros.  

Importe de inversión mínima según tipología y tamaño de empresa:

¿Cuáles son las obligaciones?

Ejercer la misma actividad durante al menos 12 meses desde la transmisión y durante al menos 36 meses si se ha accedido al relevo mediante alquiler del local.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Estas ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada de manera que las solicitudes serán atendidas por orden de presentación en tanto se disponga de crédito presupuestario. Por lo que es decisivo el orden de presentación de la solicitud.

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

El plazo para la presentación de las solicitudes es del día 08/05/2026 al 28/05/2026.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a las personas promotoras del territorio y a quienes tienen en venta un negocio por traspaso. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Abierto el plazo para las ayudas de comercio minorista 2026

Abierto el plazo para solicitar las Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio minorista este 2026

El plazo de solicitud de las ayudas se va a extender desde el 8 al 28 de abril de 2026. 

La Dirección General de Comercio y Consumo ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio 2026, con una dotación presupuestaria de 1.400.000 euros.

Esta subvención tiene como finalidad fortalecer y consolidar el entorno empresarial local, modernizando los comercios y mejorando la gestión de las pymes mediante la integración de tecnología para adaptarse a los cambios en el consumo y fomentar el desarrollo tecnológico. Además, apoyar el relevo de comercios e incentivar la creación de nuevas empresas de comercio minorista, generando empleo y respaldando las inversiones de las empresas no sedentarias.

Plazo de presentación de solicitudes

Día(s)

:

Hora(s)

:

Minuto(s)

:

Segundo(s)

¿Quién la puede solicitar?

Estos son los requisitos:

Requisitos generales para solicitar la ayuda:

  • Tener la consideración de pyme.
  • La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor.
  • Figurar de alta en el IAE en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor.

Requisitos específicos en alguna de las categorías:

  • Modernización y reforma (PMR): Realizar la actividad de comercio minorista desde antes del 1 de octubre del 2025.
  • Traspaso comercial (PTC): Adquisición de un comercio en funcionamiento desde el 16 de abril de 2025 al 16 de octubre del 2026.
  • Comercio no sedentario (PCNS): Alta en el IAE como comerciante no sedentario desde antes del 1 de octubre del 2025.
  • Emprendimiento comercial (PEC): Constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento en Navarra con fecha en el IAE entre el 1 de octubre del 2025 al 1 de diciembre del 2026.
  • Actividades paracomerciales (PC): exclusivamente actividades comprendidas en las clases 96.10, 95.23, 95.29 y 10.71 en localidades de hasta 1.500 habitantes.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Las inversiones que se ajusten a los siguientes proyectos realizadas (realizadas, facturadas y abonadas) entre el 18 de octubre de 2025 y 16 de octubre de 2026:

  • Modernización y reforma de establecimientos comerciales (MR): Inversiones para mejoras, reformas y renovaciones de establecimientos existentes, así como la adecuación de nuevos locales para trasladados o nuevos comercios, siempre que aumenten el número de establecimientos.
  • Proyectos de traspaso comercial (TC): Inversiones como consecuencia de la adquisición de establecimientos en funcionamiento a 1 de octubre de 2025, siempre que se mantenga la actividad económica y se transfiera toda la propiedad comercial.
  • Comercio no sedentario (CNS): Inversiones en la adquisición y adaptación de vehículos para comercios móviles, y en equipamiento para mercadillos. También se subvencionan las adquisiciones de actividades comerciales itinerantes en funcionamiento a 1 de octubre de 2025, siempre que se mantenga la actividad económica y se transfiera toda la actividad.
  • Emprendimiento comercial (EC): Inversiones realizadas por nuevas empresas que implanten nuevos proyectos empresariales de comercio minorista, en establecimientos comerciales.
  • Digitalización comercial (DC): Inversiones para la transformación digital de las pymes, incluyendo equipamiento digital y aquellas herramientas y desarrollos tecnológicos que permitan mejorar la gestión del negocio y su adaptación a los hábitos de compra de los consumidores.
  • Actividades paracomerciales (PC). Inversiones realizadas para reformar y acondicionar los establecimientos donde se ejercen este tipo de actividades económicas, así como la adquisición de mobiliario y de equipamiento específico para el ejercicio de la actividad.

¿Cuál es la inversión mínima exigida?

La inversión mínima exigida (IVA excluido) depende del tamaño de la empresa:

PROYECTO

Microempresa

Pequeña empresa Mediana empresa

Modernización y reforma

10.000 (5.000 solo para equipamiento comercial)

27.000 (12.000 solo para equipamiento comercial)

105.000 (45.000 solo para equipamiento comercial)

Traspaso comercial

2.000 10.000

Comercio no sedentario

1.500 1.500  

Emprendimiento comercial

5.000 17.000

Digitalización comercial

2.000 5.000
Actividades paracomerciales 5.000 12.000

 

¿Cuánta ayuda me corresponde?

La subvención máxima por empresa solicitante no podrá superar los 60.000 euros. El importe de la subvención será el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre la inversión subvencionable (IVA excluido) con los siguientes máximos:

PROYECTO

% Importe máximo
Modernización y reforma 40%

50.000

Traspaso comercial 80% 60.000
Comercio no sedentario 60% 10.000
Emprendimiento comercial 50% 50.000
Digitalización comercial 70% 10.000
Actividades paracomerciales 40%

25.000

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo de solicitud es del 8 al 28 de abril de 2026.

¿Qué obligaciones tengo?

Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de 2 años.

Régimen de concesión de las ayudas.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 9 de la convocatoria.

 

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

El Servicio de Apoyo al Emprendimiento de la Zona Media presta asesoramiento para la tramitación de esta ayuda entre las personas promotoras del territorio. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Abierto el plazo para las ayudas de fomento del euskera a asociaciones 2026

Abierto el plazo de la subvención de Euskarabidea –Instituto Navarro del Euskera– “a entidades sociales sin ánimo de lucro para fomento del euskera en 2026”.

 

Estas ayudas están dirigidas a los programas y actividades realizados durante el periodo del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos.

El plazo de solicitud de las ayudas está abierto hasta el 22 de marzo de 2026.

¿Quién la puede solicitar?

Entidades sin ánimo de lucro que realizan actividades en euskera.

¿Qué actividades entran en la subvención?

Programas y actividades realizados durante el periodo del 1 de octubre de 2025 al 30 de septiembre de 2026, ambos incluidos.

Las actividades subvencionables son:

  • Talleres, teatro, charlas, presentaciones y mesas redondas en euskera.

  • Bertsolarismo.

  • Campañas de sensibilización.

  • Recuperación de patrimonio lingüístico local.

  • Formación de monitores/as y entrenadores/as.

  • Revistas asociativas en euskera.

  • Proyectos dirigidos a población migrante.

  • Excepcionalmente, actividades en castellano que promuevan el euskera en zonas con menos del 10% de vascohablantes.

 

¿Qué actividades no entran en la subvención?

No son subvencionables:

  • Campamentos, excursiones y comidas.

  • Conciertos musicales.

  • Traducciones y edición de libros.

  • Actividades de APYMA o centros educativos.

  • Fiestas patronales (zona vascófona y mixta).

  • Inversiones (ordenadores, cámaras, mobiliario…).

  • Dietas.

  • Premios y merchandising.

 

¿Cuánta ayuda me dan?

La cuantía de las ayudas se determinará por la comisión de valoración en base a la puntuación obtenida tras la aplicación de los criterios (te los explicamos más abajo), y se repartirá hasta agotar la cuantía total asignada en esta convocatoria. La cuantía total de la subvención es de 740.000 euros, a repartir entre las propuestas presentadas. 

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 21 de febrero de 2026 y finaliza el 22 de marzo de 2026. Cada asociación solo puede realizar una única solicitud.

¿Cómo se valora la concesión de las ayudas?

El sistema de valoración es el siguiente:

  • Calidad y coherencia del proyecto (hasta 10 puntos).

  • Público destinatario (juvenil hasta 20 puntos).

  • Número de actividades (20 puntos por actividad).

  • Continuidad en el tiempo (25 puntos por actividad estable).

  • Igualdad de género (hasta 10 puntos).

  • Colaboración con economía social (10 puntos).

  • Interculturalidad (5 puntos).

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

El Servicio de Euskera del Consorcio de la Zona Media presta asesoramiento para la tramitación de esta ayuda entre las asociaciones del territorio. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.