¿Qué tipo de ayudas se incluye?
Se incluyen dos tipos de ayudas:
–Línea A: Ayudas con objetivos ambientales a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
–Línea B: Ayudas para mejorar la competitividad a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?
Podrán beneficiarse las empresas y entidades sin personalidad jurídica que cumplan:
-Realizar la actividad a subvencionar en Navarra.
-Desarrollen, o vayan a desarrollar, alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas del anexo I del TFUE, a excepción de las empresas del sector de la pesca y de aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado anexo. En el sector del vino sólo serán admisibles las solicitudes de menos de 100.000 euros.
-Estar inscritas o hayan solicitado inscripción en el Registro Industrial de Navarra (cuando proceda).
-Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020.
¿Qué proyectos son subvencionables?
Los proyectos subvencionables incluyen proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales que tengan la finalidad de:
-Las mejoras en la transformación y comercialización.
-El incremento del valor añadido del producto.
-La mejora de la calidad.
-El incremento de la capacidad productiva.
-La eficiencia energética y en el uso de los inputs.
-El incremento del empleo.
-La diversificación de actividades.
-La protección medioambiental.
-La seguridad laboral.
-La creación de un nuevo establecimiento.
-La ampliación de un establecimiento existente.
¿Cuál es la inversión mínima?
La inversión mínima de los proyectos subvencionables en función de la plantilla media del año 2023 es la siguiente:
-15.000 euros (plantilla menor de 10).
-50.000 euros para plantilla Mayor de 10 (incluido) y menor de 50 (no incluido).
-100.000 euros para plantilla mayor de 50 (incluido) y menor de 250 (no incluido).
-300.000 euros para plantilla mayor de 250 (incluido).
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
El importe de la ayuda dependerá del tipo de proyecto y de la clasificación de la empresa:
Además, si las solicitante acredita cuestiones relacionadas con la igualdad de género (+1%), discapacidad (+1%), proyectos de inversión promovidos por personas menores de 41 años (+1%) o empresas ubicadas en municipios catalogados como “Riesgo extremo” o “Riesgo intenso” de despoblación (la intensidad de la ayuda será del 30% en todos los casos), el porcentaje de la ayuda incrementará en el porcentaje indicado entre paréntesis.
¿Cuál es el período de ejecución de los proyectos?
El periodo de ejecución de los proyectos comprende el 1 de enero de 2023 y 30 de junio de 2026. Además, a fecha de solicitud de la ayuda, las inversiones no deberán estar finalizadas.
¿Qué gastos son subvencionables?
Los gastos subvencionables incluyen:
–La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.
-La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto.
-La inversión en los siguientes activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y derechos de autoría y marcas registradas.
-Otros gastos relacionados con los dos primeros puntos, tales como honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, así como tributos relacionados con las inversiones de obra civil, con un límite del 20% de los gastos con los que se relacionan.
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Entre el 2 de enero y 14 de marzo del 2025, en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se puntúan atendiendo a la base 11 de las bases reguladoras, y se conceden por orden de puntuación