¿Conoces nuestra newsletter bimensual Navarra Media Circular?

Aquí puedes leer las cuatro entregas disponibles de la newsletter bimensual con información de interés para empresas de la Zona Media de Navarra

Cuatro minutos de lectura de información relevante seleccionada por la consultoría Zabala y que te llega gracias a la colaboración de AEZMNA y Consorcio Zona Media, en el marco del Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media. 

 

Convocatorias de ayudas, asesoramiento gratuito, buenas prácticas y calendario de eventos pensados para empresas del territorio.

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Ayudas para la mejora de la competitividad 2026

La Dirección General de Fomento Empresarial ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Ayudas para mejora de la competitividad 2026, con una dotación presupuestaria de 1.200.000 euros.

Esta subvención tiene como finalidad fomentar la competitividad de las empresas navarras, mediante la subvención a los proyectos que a tal fin se elaboren con asesoramiento especializado.

Los proyectos podrán consistir en el estudio de las distintas áreas de la empresa, en la implementación de acciones de mejora o en el desarrollo de proyectos de cooperación para conseguir dimensión competitiva en mercados estratégicos, todo ello con el objeto de aumentar de forma clara y sostenible la competitividad de las empresas.

¿Quién la puede solicitar?

  • Empresas dadas de alta en el IAE en Navarra.
  • Empresa inscrita en el Registro Industrial de Navarra, si procede. 
  • No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes.
  • No estén  incursas en prohibiciones de la Ley Foral de Subvenciones.
  • La actividad no genere un perjuicio ambiental significativo.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Por periodo de ejecución:

  • Tipo 1: Serán aquellos proyectos ejecutados (facturados y pagados) entre el 1 de enero de 2026 y el 31 de octubre de 2026.
  • Tipo 2: Serán aquellos proyectos ejecutados (facturados y pagados) entre el 1 de enero de 2026 y el 30 de abril de 2027. Para diferenciarse de los proyectos tipo 1, será indispensable que alguno de los gastos del proyecto se facture y pague después del 1 de noviembre de 2026.

Por agentes participantes en el proyecto:

  • Individual: Ejecutados por una única empresa. 
  • Cooperativo: Cuando participan 2 o más empresas. La cooperación deberá generar ventajas adicionales respecto a la realización del proyecto de manera individual.

Por áreas:

  • Estrategia.
  • Organización y gestión.
  • Proceso-Producto.
  • Economía circular.
  • Mercado.
  • Innovación social. 
  • Otros: Acuerdos de fusión, protocolos familiares…

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Gastos externos de consultoría e ingeniería. 
  • Inversiones derivadas de consultoría/ingeniería e imprescindibles en proyecto y en las áreas (no puede ser superior al 20% de los gastos del punto anterior) : 
    • Producto-proceso 
    • Economía circular 
  • Otros gastos externos: hasta 10% presupuesto subvencionable.

¿Cuánta ayuda me corresponde?

El importe de la subvención será del 45% sobre la inversión subvencionable (IVA excluido). Se puede aumentar hasta un 60% en los siguientes casos:

  • +5% Igualdad de género. 
  • +5% Empresas asociadas a un clúster. 
  • +5% Proyectos colaborativos.

El importe máximo de subvención por empresa es de 25.000 euros.

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo de solicitud de las ayudas es el siguiente:

  • Proyectos Tipo 1: Del 05/05/2026 al 04/06/2026.
  • Proyectos Tipo 2: Del 05/05/2026 al 04/07/2026.

¿Qué obligaciones tengo?

Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de 3 años desde la fecha de resolución del abono.

Régimen de concesión de las ayudas.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 7 de la convocatoria.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a las personas promotoras del territorio y a quienes tienen en venta un negocio por traspaso. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Solicita las ayudas a la inversión en PYMES industriales 2026

La finalidad de estas ayudas es potenciar el peso del sector industrial dentro de la estructura económica productiva de Navarra, reforzar el crecimiento sostenible, la competitividad de las pymes y la creación de empleo en las mismas.

¿Qué empresas pueden ser beneficiarias?

Podrán beneficiarse las empresas que cumplan:

  • Ser PYME definida en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014.
  • Disponer o que vayan a disponer de un establecimiento en Navarra.
  • Estar inscritas o que hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, conforme la Orden Foral 152/2013.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Los proyectos subvencionables deben cumplir lo siguiente:

  • El proyecto debe estar ubicado en Navarra.
  • Deben estar incluidos en alguna de las siguientes actividades:
    • Industria manufacturera: Grupo 10.2 y Divisiones de la 13 a la 32, ambas incluidas, de la Sección C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (en adelante CNAE-2025).
    • No son acogibles las actividades de fabricación de los productos enumerados en el Anexo I del TFUE (salvo el sector de la transformación de productos de la pesca y de la acuicultura) ni las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas.
    • Valorización de residuos (Actividad 382 de la sección E de la CNAE 2025).
    • Depósito y almacenamiento, actividades de servicios logísticos y Otras actividades auxiliares al transporte (Actividades 521 y 5225-5226 de la Sección H de la CNAE 2025).
    • Información y comunicaciones (Sección J de la CNAE 2025).
  • Deben tener alguna de las siguientes finalidades:
    • La creación de un nuevo establecimiento.
    • La ampliación de un establecimiento existente.
    • La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales.
    • Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
    • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables incluyen inversiones en activos materiales e inmateriales que consistan en:

  • a) La adquisición de terrenos para uso industrial, por un importe que no exceda del 10 % del coste total subvencionable del proyecto.
  • b) La adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles e instalaciones generales.
  • c) La adquisición de maquinaria y bienes de equipo e instalaciones anexas. En el caso de adquisición mediante arrendamiento financiero se estará a lo dispuesto en la base 7.
  • d) La adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
  • e) Otros costes vinculados con los de las letras b), c) y d), con el límite del 20 % del coste total subvencionable del proyecto:
    • Costes soportados por la obtención de licencias de obra, de actividad y de apertura, o los honorarios de empresas de arquitectura, ingeniería o consultoría.
    • Pequeñas inversiones relacionadas con el proyecto como mobiliario, equipos informáticos y activos inmateriales de gestión.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

El importe de la ayuda depende del tamaño de la empresa y tendrá una ayuda máxima de 400.000 euros:

  • Microempresa: 20%.
  • Pequeña empresa: 18%.
  • Mediana empresa: 10%.

¿Cuál es el plazo para solicitar las ayudas?

Desde el 19 de enero hasta el 16 de marzo de 2026.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 10 de la convocatoria.

¿Cuál es el plazo de ejecución de las actuaciones?

El periodo de ejecución de los proyectos comprende desde la fecha de la solicitud de la ayuda hasta el 31 de mayo de 2028.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Abierto el plazo para solicitar las Ayudas para la mejora de la competitividad 2025

Abierto el plazo para solicitar las Ayudas para la mejora de la competitividad 2025

La Dirección General de Fomento Empresarial ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Ayudas para mejora de la competitividad 2025, con una dotación presupuestaria de 800.000 euros.

Esta subvención tiene como finalidad fomentar la competitividad de las empresas navarras, mediante la subvención a los proyectos que a tal fin se elaboren con asesoramiento especializado. Los proyectos podrán consistir en el estudio de las distintas áreas de la empresa, en la implementación de acciones de mejora o en el desarrollo de proyectos de cooperación para conseguir dimensión competitiva en mercados estratégicos, todo ello con el objeto de aumentar de forma clara y sostenible la competitividad de las empresas.

   ¿Quién puede solicitar la ayuda?

Empresas que cumplan estos requisitos:

  • Empresas dadas de alta en el IAE.
  • Empresa inscrita en el Registro Industrial de Navarra, si procede. 
  • No estén cumpliendo sanciones administrativas firmes.
  • No estén  incursas en prohibiciones de la Ley Foral de Subvenciones.
  • La actividad no genere un perjuicio ambiental significativo.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Por periodo de ejecución

Tipo 1: Serán aquellos proyectos ejecutados (facturados y pagados) entre el 1 de enero de 2025 y el 31 de octubre de 2025.

Tipo 2: Serán aquellos proyectos ejecutados (facturados y pagados) entre el 1 de enero de 2025 y el 30 de abril de 2026. Para diferenciarse de los proyectos tipo 1, será indispensable que alguno de los gastos del proyecto se facture y pague después del 1 de noviembre de 2025.

Por agentes participantes en el proyecto

Individual: Ejecutados por una única empresa.


Cooperativo:
Cuando participan 2 o más empresas. La cooperación deberá generar ventajas adicionales respecto a la realización del proyecto de manera individual.

Por áreas

Estrategia
Organización y gestión
Proceso-Producto
Economía circular
Mercado
Innovación social
Otros: Acuerdos de fusión, protocolos familiares…

¿Qué gastos son subvencionables?

  • Gastos externos de consultoría e ingeniería.
  • Inversiones derivadas de consultoría/ingeniería e imprescindibles en proyecto y en las áreas (no puede ser superior al 20% de los gastos del punto anterior) :
  • Producto-proceso
  • Economía circular
  • Otros gastos externos: hasta 10% presupuesto subvencionable.

¿Cuánta ayuda me corresponde?

El importe de la subvención será del 45% sobre la inversión subvencionable (IVA excluido). Se puede aumentar hasta un 60% en los siguientes casos:

  • +5% Igualdad de género. 
  • +5% Empresas asociadas a un clúster. 
  • +5% Proyectos colaborativos

El importe máximo de subvención por empresa es de 20.000 euros. 

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo de solicitud de las ayudas es el siguiente:

  • Proyectos Tipo 1: Un mes desde la publicación de la ayuda.
  • Proyectos Tipo 2: Dos meses desde la publicación de la ayuda.

¿Qué obligaciones tengo?

Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de 3 años.

Régimen de concesión de las ayudas

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 7 de la convocatoria.

 

¿Quieres saber más?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Solicita las ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias 2025

La finalidad de estas ayudas es fomentar las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas que contribuyan a cumplir con los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión y mejorar la posición competitiva del sector agroalimentario de Navarra.

⌛ Plazo de solicitud ⌛

Día(s)

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Hora(s)

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Minuto(s)

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Segundo(s)

¿Qué tipo de ayudas se incluye?

Se incluyen dos tipos de ayudas:

Línea A: Ayudas con objetivos ambientales a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
Línea B: Ayudas para mejorar la competitividad a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Podrán beneficiarse las empresas y entidades sin personalidad jurídica que cumplan:

-Realizar la actividad a subvencionar en Navarra.

-Desarrollen, o vayan a desarrollar, alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas del anexo I del TFUE, a excepción de las empresas del sector de la pesca y de aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado anexo. En el sector del vino sólo serán admisibles las solicitudes de menos de 100.000 euros.

-Estar inscritas o hayan solicitado inscripción en el Registro Industrial de Navarra (cuando proceda).

-Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Los proyectos subvencionables incluyen proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales que tengan la finalidad de:

-Las mejoras en la transformación y comercialización.

-El incremento del valor añadido del producto.

-La mejora de la calidad.

-El incremento de la capacidad productiva.

-La eficiencia energética y en el uso de los inputs.

-El incremento del empleo.

-La diversificación de actividades.

-La protección medioambiental.

-La seguridad laboral.

-La creación de un nuevo establecimiento.

-La ampliación de un establecimiento existente.

¿Cuál es la inversión mínima?

La inversión mínima de los proyectos subvencionables en función de la plantilla media del año 2023 es la siguiente:

-15.000 euros (plantilla menor de 10).

-50.000 euros para plantilla Mayor de 10 (incluido) y menor de 50 (no incluido).

-100.000 euros para plantilla mayor de 50 (incluido) y menor de 250 (no incluido).

-300.000 euros para plantilla mayor de 250 (incluido).

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

El importe de la ayuda dependerá del tipo de proyecto y de la clasificación de la empresa:

Además, si las solicitante acredita cuestiones relacionadas con la igualdad de género (+1%), discapacidad (+1%), proyectos de inversión promovidos por personas menores de 41 años (+1%) o empresas ubicadas en municipios catalogados como “Riesgo extremo” o “Riesgo intenso” de despoblación (la intensidad de la ayuda será del 30% en todos los casos), el porcentaje de la ayuda incrementará en el porcentaje indicado entre paréntesis. 

¿Cuál es el período de ejecución de los proyectos?

El periodo de ejecución de los proyectos comprende el 1 de enero de 2023 y 30 de junio de 2026. Además, a fecha de solicitud de la ayuda, las inversiones no deberán estar finalizadas.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables incluyen:

–La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.

-La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto.

-La inversión en los siguientes activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y derechos de autoría y marcas registradas.

-Otros gastos relacionados con los dos primeros puntos, tales como honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, así como tributos relacionados con las inversiones de obra civil, con un límite del 20% de los gastos con los que se relacionan.

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Entre el 2 de enero y 14 de marzo del 2025, en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se puntúan atendiendo a la base 11 de las bases reguladoras, y se conceden por orden de puntuación

 

¿Quieres saber más?

El personal técnico del Consorcio queda a disposición de las empresas de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Ayudas a empresas para Planes de Descarbonización en 2025

El Gobierno de Navarra lanza en 2025 una nueva convocatoria de ayudas a empresas para realizar Planes de Descarbonización

A través de medidas como esta se favorece la transición de la economía lineal a la economía circular. El primer paso en este sentido consiste en realizar un diagnóstico de la empresa y un Plan de Descarbonización, algo fundamental para conocer la situación de partida y trazar el camino adecuado para conseguir los objetivos, tanto si eres una PYME como una gran empresa.

Además de suponer un avance en cuanto a sostenibilidad, En la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, se establece la obligación para determinadas empresas de calcular y publicar su huella de carbono, así como elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. No se ha definido aún claramente qué tipos de empresas estarán obligadas.

Ayudas

Gobierno de Navarra pone a disposición a Pymes y grandes empresas con determinados CNAEs ayudas para realizar Planes de Descarbonización (Resolución 394E/2024).

El Plan de descarbonización es un trabajo de consultoría encaminado a la elaboración de una estrategia global, para la consecución de una empresa más sostenible ambientalmente, mediante medidas de ahorro y eficiencia energética y de reducción, captura y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero.

Importe de las ayudas

La intensidad de las ayudas varía en función del tamaño de la empresa, será del 40% para grandes empresas, 50% para medianas y del 60% en el caso de pequeñas empresas. Además, hay un límite máximo de la ayuda en función del consumo energético de la empresa.

Plazos

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será el 30 de septiembre de 2025. El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, en base a los criterios establecidos en la base 5 de la convocatoria.

 

¿Quieres saber más?

El personal técnico del área de sostenibilidad del Consorcio queda a disposición de las entidades locales de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.