Abierto el plazo para solicitar las Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio minorista este 2026
El plazo de solicitud de las ayudas se va a extender desde el 8 al 28 de abril de 2026.
La Dirección General de Comercio y Consumo ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio 2026, con una dotación presupuestaria de 1.400.000 euros.
Esta subvención tiene como finalidad fortalecer y consolidar el entorno empresarial local, modernizando los comercios y mejorando la gestión de las pymes mediante la integración de tecnología para adaptarse a los cambios en el consumo y fomentar el desarrollo tecnológico. Además, apoyar el relevo de comercios e incentivar la creación de nuevas empresas de comercio minorista, generando empleo y respaldando las inversiones de las empresas no sedentarias.
Plazo de presentación de solicitudes
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Hora(s)
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Minuto(s)
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Segundo(s)
¿Quién la puede solicitar?
Estos son los requisitos:
Requisitos generales para solicitar la ayuda:
- Tener la consideración de pyme.
- La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor.
- Figurar de alta en el IAE en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor.
Requisitos específicos en alguna de las categorías:
- Modernización y reforma (PMR): Realizar la actividad de comercio minorista desde antes del 1 de octubre del 2025.
- Traspaso comercial (PTC): Adquisición de un comercio en funcionamiento desde el 16 de abril de 2025 al 16 de octubre del 2026.
- Comercio no sedentario (PCNS): Alta en el IAE como comerciante no sedentario desde antes del 1 de octubre del 2025.
- Emprendimiento comercial (PEC): Constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento en Navarra con fecha en el IAE entre el 1 de octubre del 2025 al 1 de diciembre del 2026.
- Actividades paracomerciales (PC): exclusivamente actividades comprendidas en las clases 96.10, 95.23, 95.29 y 10.71 en localidades de hasta 1.500 habitantes.
¿Qué proyectos son subvencionables?
Las inversiones que se ajusten a los siguientes proyectos realizadas (realizadas, facturadas y abonadas) entre el 18 de octubre de 2025 y 16 de octubre de 2026:
- Modernización y reforma de establecimientos comerciales (MR): Inversiones para mejoras, reformas y renovaciones de establecimientos existentes, así como la adecuación de nuevos locales para trasladados o nuevos comercios, siempre que aumenten el número de establecimientos.
- Proyectos de traspaso comercial (TC): Inversiones como consecuencia de la adquisición de establecimientos en funcionamiento a 1 de octubre de 2025, siempre que se mantenga la actividad económica y se transfiera toda la propiedad comercial.
- Comercio no sedentario (CNS): Inversiones en la adquisición y adaptación de vehículos para comercios móviles, y en equipamiento para mercadillos. También se subvencionan las adquisiciones de actividades comerciales itinerantes en funcionamiento a 1 de octubre de 2025, siempre que se mantenga la actividad económica y se transfiera toda la actividad.
- Emprendimiento comercial (EC): Inversiones realizadas por nuevas empresas que implanten nuevos proyectos empresariales de comercio minorista, en establecimientos comerciales.
- Digitalización comercial (DC): Inversiones para la transformación digital de las pymes, incluyendo equipamiento digital y aquellas herramientas y desarrollos tecnológicos que permitan mejorar la gestión del negocio y su adaptación a los hábitos de compra de los consumidores.
- Actividades paracomerciales (PC). Inversiones realizadas para reformar y acondicionar los establecimientos donde se ejercen este tipo de actividades económicas, así como la adquisición de mobiliario y de equipamiento específico para el ejercicio de la actividad.
¿Cuál es la inversión mínima exigida?
La inversión mínima exigida (IVA excluido) depende del tamaño de la empresa:
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PROYECTO |
Microempresa |
Pequeña empresa | Mediana empresa |
|
Modernización y reforma |
10.000 (5.000 solo para equipamiento comercial) |
27.000 (12.000 solo para equipamiento comercial) |
105.000 (45.000 solo para equipamiento comercial) |
|
Traspaso comercial |
2.000 | 10.000 | – |
|
Comercio no sedentario |
1.500 | 1.500 | |
|
Emprendimiento comercial |
5.000 | 17.000 | – |
|
Digitalización comercial |
2.000 | 5.000 | – |
| Actividades paracomerciales | 5.000 | 12.000 |
– |
¿Cuánta ayuda me corresponde?
La subvención máxima por empresa solicitante no podrá superar los 60.000 euros. El importe de la subvención será el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre la inversión subvencionable (IVA excluido) con los siguientes máximos:
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PROYECTO |
% | Importe máximo |
| Modernización y reforma | 40% |
50.000 |
| Traspaso comercial | 80% | 60.000 |
| Comercio no sedentario | 60% | 10.000 |
| Emprendimiento comercial | 50% | 50.000 |
| Digitalización comercial | 70% | 10.000 |
| Actividades paracomerciales | 40% |
25.000 |
¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?
El plazo de solicitud es del 8 al 28 de abril de 2026.
¿Qué obligaciones tengo?
Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de 2 años.
Régimen de concesión de las ayudas.
Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 9 de la convocatoria.
¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?
El Servicio de Apoyo al Emprendimiento de la Zona Media presta asesoramiento para la tramitación de esta ayuda entre las personas promotoras del territorio. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.
Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.