El 21 de julio se publicaron en el BON las bases para la convocatoria de ayudas para la creación y el impulso de Comunidades Energéticas
¿Y qué es una comunidad energética?
Pues todas aquellas entidades jurídicas que tengan capacidad para ejercer derechos y estar sujetas a obligaciones, estén basadas en la participación abierta y voluntaria de quienes la integren y tengan como objetivo principal ofrecer beneficios medioambientales, económicos o sociales a sus miembros o socios o en la zona donde desarrolla su actividad, más que generar una rentabilidad financiera.
Aprovecha estas ayudas si tienes un proyecto de comunidad energética. Te dejamos en los siguientes enlaces toda la información necesaria para presentar las solicitudes:
Para la medida 1, las comunidades energéticas que se encuentren en proceso de constitución, y para el resto de medidas, comunidades energéticas ya constituidas que contraten asistencias técnicas.
Plazos
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el mismo día en que se produjo la publicación en el mes de vencimiento. Las beneficiarias deberán justificar las actuaciones realizadas, con fecha límite el 10 de noviembre de 2023.
Actuaciones subvencionables
Medida 1: Asistencias técnica y/o jurídica para realizar el proceso participativo para la conformación del grupo motor y la comunidad energética y/o el proceso constituyente de la Comunidad Energética como entidad jurídica.
Medida 2: Asistencias técnica y/o jurídica para la definición de los planes necesarios para el desarrollo de la comunidad energética y acompañamiento en sus primeras actuaciones de gestión y organización social y puesta en marcha de sus primeras actividades energéticas.
Medida 3: Redacción de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
Medida 4: Contratación de los trabajos y materiales precisos para la ejecución de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida
Importe de ayuda
Medida 1: 80% del gasto subvencionable, con un límite de 7.000 € por beneficiaria.
Medida 2: 80% del gasto subvencionable, con un límite de 7.000 € por beneficiaria.
Medida 3: 80% del gasto subvencionable, con un límite de 10.000 € por beneficiaria.
Medida 4: 80% del gasto subvencionable, con un límite de 10.000 € por beneficiaria.
Las subvenciones de esta convocatoria son incompatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.
Régimen de concesión
El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva en base a diferentes criterios por cada medida.
Una buena forma de pasar de la economía lineal a la economía circular, es realizar un diagnóstico de nuestra empresa y un Plan de descarbonización.
Esto nos permitirá conocer la situación de partida y trazar el camino para conseguir los objetivos.
Obligaciones
En la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, se establece la obligación para determinadas empresas de calcular y publicar su huella de carbono, así como elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. No se ha definido aún claramente qué tipos de empresas estarán obligadas.
El Gobierno de Navarra asumió el compromiso de establecer antes de septiembre de 2023 cuáles de las empresas con actividad en el territorio de la Comunidad Foral deberán cumplir con estos requisitos , incluidas explotaciones agrícolas y ganaderas (Ley Foral 4/2022 de Cambio Climático y Transición Energética).
Ayudas
Gobierno de Navarra pone a disposición a Pymes y grandes empresas con determinados CNAEs ayudas para realizar Planes de Descarbonización (resolución 140E/2023, de 25 de mayo).
El Plan de descarbonización es un trabajo de consultoría encaminado a la elaboración de una estrategia global, para la consecución de una empresa más sostenible ambientalmente, mediante medidas de ahorro y eficiencia energética y de reducción, captura y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero.
Importe de las ayudas
La intensidad de las ayudas será del 38% para grandes empresas, 48% para medianas y del 58% en el caso de pequeñas empresas. Además hay un límite máximo de la ayuda en función del consumo energético de la empresa.
Plazos
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será el 31 de octubre de 2023.
Los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.
En el próximo mes de junio, está prevista la publicación de ayudas por parte del Gobierno de Navarra, para la realización de certificados energéticos.
Estas ayudas irán dirigidas a empresas, administradores de fincas, entidades locales y personas particulares. Se destinarán a la realización del certificado energético de edificios, locales, viviendas, etc.
En el caso de viviendas deberán de tener menos de 50 años de antigüedad y haberse proyectado/construido con anterioridad a 2007.
El porcentaje de ayuda será del 80% del coste, con unos límites en función de la tipología del edificio.
La solicitud se deberá realizar en un mes desde su publicación y se concederán por orden de entrada.
Es una oportunidad para realizar el certificado energético de las viviendas, necesario para solicitar diferentes líneas de ayuda para rehabilitar energéticamente nuestra vivienda.
El plazo de solicitud de las ayudas se va a extender hasta el 1 de junio de 2023
El Servicio de Ordenación y Fomento del Turismo y del Comercio del Gobierno de Navarra ha convocado las Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes turísticas inscritas en el Registro de Turismo de Navarra 2023, con una dotación presupuestaria de 680.000,00 euros.
El plazo de solicitud de las ayudas se va a extender desde el 29 de marzo hasta el 16 de junio de 2023
Las subvenciones tienen como finalidad incrementar el nivel tecnológico de las entidades deportivas y de las empresas y personas trabajadoras por cuenta propia del sector deportivo mediante la implantación de equipamientos y aplicaciones informáticas con el fin de aumentar la eficiencia de la entidad/empresa/personas trabajadoras autónomas y de sus servicios, así como facilitar la relación con sus clientes.
Imagen del Centro de Entrenamiento La Madriguera Box en Olite. Fotografía tomada por Ibai Abaurrea de Fotoclick Olite.
Dirigido a
a) Entidades Deportivas de Navarra inscritas en el Registro del Deporte de Navarra.
b) Empresas de servicios del ámbito deportivo con domicilio social o alguna sede en Navarra y que se encuentren inscritos dentro de alguno de los siguientes CNAE: 9311, 9312, 9313, 9319, 8551 y 9604.
c) Personas trabajadoras por cuenta propia con actividad en el sector deportivo, e inscritos en alguno de los epígrafes correspondientes del I.A.E. relacionados con el sector deportivo.
Proyectos y gastos subvencionables
1. Los proyectos para los que pueden solicitarse las subvenciones reguladas en esta orden foral son los proyectos de digitalización de las entidades deportivas de Navarra, empresas de servicios y personas trabajadoras autónomas en su forma de gestión y una mejor atención en los servicios a prestar a sus clientes que se lleven a cabo en Navarra:
2. Los gastos subvencionables son los siguientes:
a) Los correspondientes a la adquisición de equipos informáticos o de infraestructura de Tecnologías de la Información y Comunicaciones (TIC).
b) Los correspondientes a la creación, adquisición, actualización y tratamiento de software y licencias de software específicas, a excepción de software que consista en licencias informáticas de sistemas operativos o de aplicaciones de ofimática.
c) El IVA correspondiente a los gastos previstos en los dos párrafos anteriores, cuando no sea susceptible de recuperación o compensación.
3. En ningún caso serán gastos subvencionables:
a) Los gastos corrientes de las entidades beneficiarias.
b) Los gastos de personal propio.
c) Los gastos financieros, de asesoría jurídica o financiera, notariales y registrales, los intereses deudores de las cuentas bancarias, los intereses, recargos y sanciones administrativas y penales, y los gastos de procedimientos judiciales.
d) El IVA correspondiente a los gastos subvencionables cuando sea susceptible de recuperación o compensación.
4. La concesión de estas ayudas se tramitará por el régimen de evaluación individualizada, siendo tramitados y resueltos los expedientes conforme se vayan presentando las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario.
5. Serán subvencionables todos los gastos indicados en el punto 3.2 realizados entre el 1 de febrero de 2021 y el 15 de junio de 2023.
6. En ningún caso serán subvencionables los proyectos subvencionados en la convocatoria de la Orden Foral 41E/2022, de 1 de abril, de la consejera de Cultura y Deporte.
Cuantía de la subvención
El porcentaje de subvención será el 90% del presupuesto subvencionable.
Cuantía máxima:
Para entidades deportivas: 25.000 euros por proyecto subvencionable para las entidades deportivas
Para las empresas de servicios y personas trabajadoras autónomas del sector deportivo: 15.000 euros por proyecto subvencionable
Cada entidad solicitante (empresa, persona trabajadora autónoma o entidad deportiva) podrá presentar un número ilimitado de proyectos, pero se establece un límite en el total de las subvenciones recibidas en la presente convocatoria, de 25.000 euros para las entidades deportivas, y de 15.000 euros para las empresas de servicios y las personas trabajadoras autónomas.
Presentación de solicitudes
Las solicitudes estarán dirigidas al Instituto Navarro del Deporte y se presentarán obligatoriamente de manera telemática.
Contacto
Sección de Entidades y Rendimiento Deportivo Casa del Deporte – Kirolaren Etxea Plaza Aizagerria 1, planta 1ª 31006 Pamplona Teléfonos: 848 42 51 14 / 848 42 78 80 Correo electrónico: rentidad@navarra.es