Ayudas para entidades de las rutas del Camino de Santiago: alojamientos, áreas de reposo, conservación y movilidad sostenible

Ayudas 2025 para entidades de las rutas del Camino de Santiago

Se ha aprobado la convocatoria de subvenciones a entes locales de las rutas del Camino de Santiago para alojamientos circulares, áreas de reposo – conservación paisajística y movilidad sostenible en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia – Financiado por la Unión Europea – Next Generation EU.

¿Cuál es el objeto de la ayuda?

Adecuación o creación de alojamientos turísticos sostenibles-circulares, creación de espacios de reposo circular y adecuación y mejora de accesibilidad de recorridos, en las rutas del Camino de Santiago.

¿Quién puede solicitar la ayuda?

Entidades locales en el ámbito del Camino de Santiago.

En la Zona Media de Navarra esas entidades son Legarda, Uterga, Muruzábal, Obanos, Puente la Reina/Gares, Tiebas, Olcoz y Enériz

¿Qué proyectos son subvencionables?

Adecuación y creación de alojamientos turísticos

Creación o adecuación de alojamientos turísticos acordes a los criterios de la economía circular (criterios de sostenibilidad fundamentalmente)

Espacios de reposo y actuaciones de conservación paisajística-ambiental

Creación de áreas de reposo ano más de 200 metros del Camino de Santiago, con mesas, bancos, vegetación, fuentes, aparcabicis, WC públicos, información turística, etc. Se realizarán con criterios de sostenibilidad y eficiencia energética. Mejora del firme del camino, evacuación de aguas, pequeños puentes, instalación de barandillas, desbroces selectivos, pequeños bosquetes, etc.

Adecuación y mejora de accesibilidad

Adecuación de tramos de los recorridos de las Rutas que presenten graves deficiencias y supongan un riesgo para la seguridad de las personas o la adaptación de tramos alternativos que minimicen estos riesgos, siempre y cuando se justifique su necesidad. Adecuaciones de accesibilidad.

¿Cuánta ayuda me corresponde?

Adecuación y creación de alojamientos turísticos

Inversión mínima requerida: 50.000 euros.

Porcentaje de subvención: 75% en casos generales y 90% para rutas con graves deficiencias IVA incluido con presupuesto máximo subvencionable: 200.000 euros.

Espacios de reposo y actuaciones de conservación paisajística-ambiental

Inversión mínima requerida: 30.000 euros.

Porcentaje de subvención: 90% IVA incluido con presupuesto máximo subvencionable: 100.000 euros.

Adecuación y mejora de accesibilidad

Inversión mínima requerida: 50.000 euros.

Porcentaje de subvención: 90% IVA incluido con presupuesto máximo subvencionable: 300.000 euros.

¿Cómo y cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra y finalizará el 31 de octubre de 2025. Estas ayudas están pendientes de publicar y de ficha. Como documentación técnica habrá que presentar una Memoria descriptiva de las actuaciones con la justificación del interés de la actuación y una Memoria valorada de las obras o proyecto si se requiere.

¿Cuál es el plazo de ejecución de las actuaciones?

Las actuaciones deberán ejecutarse y estar facturadas con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite del 30 de mayo de 2026.

Régimen de concesión de las ayudas

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple, se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

¿Quieres saber más?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

MOVES III: Programa de incentivos ligados a la movilidad eléctrica 2025

Se ha aprobado la convocatoria de la subvención MOVES III para el año 2025, un programa de incentivos para vehículos eléctricos e infraestructuras de recarga. La subvención la puede solicitar ciudadanía, entidades locales o empresas. En esta entrada te contamos la información más importante. 

Hasta ahora el programa vigente ha sido el MOVES III 2021, pero con la aprobación de la resolución 268E/2025 se producen los siguientes cambios:

  • Todas las solicitudes presentadas desde el 1 de enero de 2025 hasta la publicación de la resolución, se traspasan al nuevo programa, sin necesidad de que presenten una nueva solicitud.
  • La justificación de las ayudas se realizará en el plazo máximo de 12 meses desde la notificación de la resolución de concesión y, en todo caso, no más tarde del 31 de diciembre de 2026.

Las cuantías económicas y porcentajes de ayuda siguen como hasta ahora, el principal cambio, es que las actuaciones se pueden llevar a cabo hasta el 31 de diciembre de 2026, ampliándose de esta manera un año el plazo de realización de las actuaciones.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Cambios clave en el sistema eléctrico que impulsan la sostenibilidad

El Gobierno estatal ha aprobado recientemente el nuevo Real Decreto Ley 7/2025, una norma que marca un antes y un después en la regulación del sistema eléctrico nacional. Su objetivo principal es reforzar la seguridad energética y acelerar la transición hacia un modelo energético más sostenible y resiliente, en respuesta a los recientes episodios de inestabilidad eléctrica en la península.

Nuevo Real Decreto Ley 7/2025: Cambios clave en el sistema eléctrico que impulsan la sostenibilidad

Este nuevo marco normativo contiene medidas que pueden tener un impacto directo en ciudadanía, empresas, cooperativas energéticas y entidades locales, especialmente en todo lo relacionado con autoconsumo, renovables, movilidad eléctrica o almacenamiento de energía.

Te resumimos el Real Decreto con perspectiva rural, para contarte cómo nos afecta esto en la Zona Media de Navarra. La medida que destacamos es:

 

Autoconsumo más accesible

Se facilita el acceso de la ciudadanía a soluciones compartidas sin complicaciones administrativas, gracias a la figura de gestor/a de autoconsumo. También se amplía la distancia máxima de conexión para plantas solares en cubiertas industriales: pasa de 2 km a 5 km. Eso facilita que zonas rurales y polígonos puedan tener proyectos compartidos usando la misma instalación. ¿Tienes curiosidad por si esto sería útil en tu municipio? Mide las distancias en este mapa. Y otra cosa más: se autoriza la agrupación de consumidores para contratar agregadores energéticos sin depender de la comercializadora actual.

Te recordamos que, si quieres poner en marcha o impulsar una Comunidad Energética en la Zona Media de Navarra, puedes contar con el asesoramiento de la OTC Vivero Zona Media, un servicio público y gratuito

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

¿Quieres saber más?

El personal técnico del área de sostenibilidad del Consorcio queda a disposición de las entidades locales de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Subvenciones a entidades locales para actuaciones de revitalización comercial

Estas ayudas se enfocan a la mejora y la modernización de los equipamientos y espacios públicos comerciales, fomentando actuaciones de mejora física en mercados municipales, en mercadillos de venta ambulante y en otros espacios públicos comerciales.

⌛ Fin de plazo ⌛

Día(s)

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Hora(s)

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Minuto(s)

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Segundo(s)

¿Quién puede solicitarla?

Municipios y demás entes locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

¿Cuál es el plazo de presentación?

Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra desde el 2 de julio al 1 de agosto de 2024.

¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

 La documentación requerida en la base 7 de la convocatoria.

¿Qué tipos de proyectos son subvencionables?

  • Renovación y acondicionamiento de mercados municipales
  • Adecuación de locales comerciales desocupados
  • Acondicionamiento de áreas de mercado ambulante                                                                                                                                                                                                                                      

¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

Se consideran subvencionables aquellas inversiones ejecutadas, facturadas y abonadas entre el 1 de enero de 2024 y el 9 de diciembre de 2024.

¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8 de la convocatoria.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos que cubren las ayudas son los que siguen:

a.) Modernización de Mercados Municipales

  • Obras y reformas para mejora las instalaciones y su accesibilidad, así como el acondicionamiento del edificio y de las instalaciones, mejora de los elementos estructurales, de cubiertas, de fachadas interiores y/o exteriores para conseguir una imagen integral y homogénea, adaptación de accesos, instalación de suelo antideslizante, de sistemas de iluminación acorde con los productos expuestos y compatibles con la eficiencia energética y otras actuaciones similares.
  • Dotación de instalaciones generales de los edificios, como pueden ser: aire acondicionado, equipos contra incendios, consignas, iluminación, aseos, telecomunicaciones, equipamiento tecnológico, implantación de herramientas informáticas de gestión. Programas informáticos y software, etc.
  • Actuaciones tendentes al ahorro y eficiencia energética de las instalaciones del mercado y de los puntos de venta.
  • Señalización exterior e interior del espacio comercial, así como aquellos soportes necesarios para su colocación, soportes publicitarios, mupis, etc…
  • Inversiones de transformación digital, mejorando las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes, mediante inversiones en nuevas tecnologías, instalación de puntos de entrega inteligentes o equipamiento digital.                                                                                                                                                                                b.) Adecuación de locales comerciales desocupados
  • Instalación de paramentos, vinilos y aquellas otras intervenciones en escaparates de locales comerciales sin actividad económica, que contribuyan a la mejora estética del entorno urbano y de la zona comercial.                                                                                                                                                          c.)Acondicionamiento de áreas de comercio ambulante ya existentes, ubicadas en núcleos urbanos
  • Obras de adecuación del espacio sobre la que se desarrolla esta actividad de comercio ambulante
  • Adquisición de equipamiento e infraestructuras destinadas a dar servicio a esta actividad comercial: toldos, carpas, instalaciones metálicas o estructuras portátiles para los puestos de venta

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

En la línea Modernización de mercados municipales inversión mínima de 10.00 euros el 70%,  en la línea Adecuación de locales comerciales desocupados hasta el 80% y en la línea de Acondicionamiento de áreas de venta ambulante una inversión mínima de 5.000 euros de inversión y hasta el 60% de subvención.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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Subvenciones a entes locales para mejorar la eficiencia energética en las rutas del Camino de Santiago

Estas ayudas se enfocan a la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación en monumentos y espacios urbanos emblemáticos y en infraestructuras turísticas de titularidad pública, en localidades navarras por las que atraviesa alguna de las 5 rutas del Camino de Santiago.

⌛ Fin de plazo ⌛

Día(s)

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Hora(s)

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Minuto(s)

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Segundo(s)

¿Quién puede solicitarla?

Entidades locales en el ámbito del Camino de Santiago.

¿Cuál es el plazo de presentación?

Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra desde el 15 de junio al 15 de noviembre de 2024.

¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

 La documentación requerida en la base 8 de la convocatoria.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos que cubren las ayudas son los que siguen:

  • Inversiones de renovación de iluminación que cumplan lo siguiente: la tecnología a implantar será LED con programación y sistema de control para regular la intensidad.
  • Inversiones de mejora de la eficiencia energética en infraestructuras turísticas públicas,como mejora de la envolvente térmica, mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones de climatización y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

En ambos casos, las actuaciones clasificadas como etiqueta 026 bis, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partid y aquellas con etiqueta 026, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 15% con respecto a la situación de partida.

¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

Deberán ejecutarse y estar facturadas después de la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite del 15 de julio de 2025.

¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple, se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

En la línea de iluminación de monumentos el 75% o el 90% en función de la eficiencia energética conseguida y en la línea de mejora de infraestructuras turísticas entre el 75% o el 95% en función de la eficiencia energética conseguida y si el edificio está registrado o no, en el Registro de Turismo.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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Nuevas mejoras legislativas en el autoconsumo eléctrico

El pasado 16 de noviembre se publicó en el BOE la orden TED/1247/2021, por la que se modifica el anexo I del Real Decreto 244/2019, por el que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. Con esta modificación se implementan los coeficientes de reparto variables para el autoconsumo colectivo.

Hasta ahora, los coeficientes de reparto en un autoconsumo colectivo se mantenían estáticos para todas las horas del año, de manera que el reparto de la energía entre las instalaciones participantes de un autoconsumo eléctrico es el mismo a lo largo de todo el año.

Con los cambios establecidos en esta orden, se puede establecer un coeficiente de reparto diferente para cada hora del año. Esta reforma facilita la mejora del rendimiento en las instalaciones colectivas.

Un ejemplo claro, se produce en las instalaciones de entidades locales que comparten la energía entre un colegio público y unas piscinas de verano, de manera que se puede asignar toda la producción del verano a las piscinas y los demás meses al colegio, haciendo la instalación mucho más rentable.