Subvenciones a entidades locales para la implantación de áreas de pernocta de turismo itinerante

La consejería de Cultura, Deporte y Turismo aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la implantación de áreas de pernocta de turismo Itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares, con una dotación total de 800.000€

El plazo de solicitud de las ayudas va del 11 de junio de 2024 al 30 de junio de 2025

Plazo de solicitud

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La finalidad de estas ayudas es propiciar la ordenación del turismo Itinerante de autocaravanas, caravanas y similares, promover la creación de una red de áreas con una visión de conjunto, entendiendo y dando respuesta a los flujos de la actividad, y facilitar la gestión de dichas áreas.

 Quién puede solicitarla?

Entidades locales de Navarra.

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

Desde el 11 de junio de 2024 hasta el 30 de junio del 2025.

¿Cómo solicito la ayuda?

A través de esta ficha de Gobierno de Navarra.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Tanto la creación de nuevas áreas de infraestructuras turísticas de Áreas de pernocta para el turismo itinerante como el acondicionamiento como Áreas de pernocta de actuales áreas de parada y estacionamiento de las entidades locales de Navarra.

Dichas áreas deberán adaptarse a lo establecido en el Decreto Foral 22/2024, de 6 de marzo, por el que se regulan las áreas de pernocta del turismo itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares en la Comunidad Foral de Navarra. 

Los proyectos deberán, además, cumplir con los siguientes requisitos:

  • La propiedad de la parcela es de la entidad local solicitante o se ha cedido a esta durante un periodo mínimo de 10 años.
  • La entidad local adquirirá el compromiso de adherir el área de pernocta a la red de áreas de acogida de visitantes y de áreas de pernocta que está siendo promovida por la DG Turismo, por lo que su sistema de control de accesos, en el caso de que se tuviera, deberá permitir su vinculación a la plataforma de reservas de la citada red.
  • El área de pernocta tendrá un único acceso para los vehículos y estará controlado mediante la instalación de una barrera automática o elemento similar vinculado al sistema de reserva de la DG de Turismo señalado en el punto anterior.

La entidad local, además, deberá adquirir el compromiso de limitar la pernocta del turismo itinerante en espacios diferentes al área habilitada, así como el de establecer los precios a satisfacer por las personas usuarias por la prestación del servicio, mediante la correspondiente ordenanza municipal que será aprobada en un periodo máximo de 12 meses a partir de la concesión de la subvención.

    ¿Cuáles son los costes subvencionables?

    Los siguientes:

    • La redacción del proyecto y dirección de obra. Se admitirá como subvencionable por estos conceptos un máximo del 10% del presupuesto de las inversiones previstas subvencionables.
    • La ejecución de las inversiones necesarias y proyectadas para la adecuación de las instalaciones e infraestructuras, según el proyecto de ejecución de obras aprobado.
    • Los costes de instalación de los sistemas de control y vigilancia.
    • La adquisición e instalación de mobiliario y equipamiento necesarios, así como la instalación de paneles informativos.

    ¿Cuál es el plazo de ejecución de las actuaciones?

    Las actuaciones deberán ejecutarse (gastos realizados, facturados y pagados) con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y con fecha límite de 31 de octubre de 2025.

    ¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple, se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación, así que si tienes un proyecto en mente ¡presenta tu solicitud!

    ¿Cuánta ayuda me corresponde?

    Ayuda a fondo perdido de entre un 65% y el 80% sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA incluido), de acuerdo con la puntuación obtenida en el baremo y conforme al siguiente detalle:

    –Inversión mínima requerida: 30.000 euros
    –Presupuesto máximo subvencionable: 200.000 euros

    Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

    ¿Tienes dudas?

    Puedes contactarnos si necesitas apoyo para tramitar la ayuda.

    Ayudas a Comunidades Energéticas para la transición energética 2024

    La unión hace la fuerza, también en la transición energética

    Por eso, estas ayudas se enfocan a apoyar procesos participativos para la definición y constitución de nuevas Comunidades Energéticas, así como al asesoramiento, planificación, acompañamiento y redacción de proyectos de Comunidades Energéticas ya constituidas. También impulsan las inversiones de energías renovables, eficiencia energética y movilidad en el contexto de las  Comunidades Energéticas de la Comunidad Foral de Navarra.

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    ¿Quién puede solicitarla?

    Para la medida 1, las comunidades energéticas que se encuentren en proceso de constitución, y para el resto de medidas, comunidades energéticas ya constituidas. En el caso de actuaciones recogidas en la medida 1, la persona representante de la agrupación de personas físicas, autónomas, jurídicas o sin personalidad jurídica, sobre la base de un acuerdo marco de colaboración entre sus integrantes en el que sea designada como tal, actuará como beneficiaria de las ayudas.

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    La solicitud está abierta desde el 29 de mayo de 2024 al 28 de junio de 2024 en el este enlace. Las comunidades energéticas beneficiarias deberán justificar las actuaciones realizadas, con fecha límite el 10 de noviembre de 2024.

    ¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

    Tendrás que rellenar el formulario de solicitud, enviar una memoria descriptiva del proyecto, el presupuesto del mismo, señalar los compromisos de las actuaciones con la igualdad así como las declaraciones responsables correspondientes según modelos.

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos que cubren las ayudas se dividen por medidas:

    • Medida 1: Asistencias técnica y/o jurídica para realizar el proceso participativo para la conformación del grupo motor y la comunidad energética y/o el proceso constituyente de la Comunidad Energética como entidad jurídica.
    • Medida 2: Asistencias técnica y/o jurídica para la definición de los planes necesarios para el desarrollo de la comunidad energética y acompañamiento en sus primeras actuaciones de gestión y organización social y puesta en marcha de sus primeras actividades energéticas.
    • Medida 3: Redacción de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
    • Medida 4: Contratación de los trabajos y materiales precisos para la ejecución de proyectos de energías renovables, eficiencia energética y movilidad sostenible y compartida.
    • Medida 5: Asistencias técnica y/o jurídica para la definición de convenios y/o cesiones de espacios.

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva en base a diferentes criterios por cada medida.

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

    El importe de la ayuda difiere dependiendo de la medida en la que se enmarquen las actuaciones:

    • Medida 1: 60-70% del gasto subvencionable, con un límite de 7.000 € por beneficiaria.
    • Medida 2: 75-80% del gasto subvencionable, con un límite de 7.000 € por beneficiaria.
    • Medida 3: 75-80% del gasto subvencionable, con un límite de 5.000 € por beneficiaria.
    • Medida 4: Entre el 35% y el 60% del gasto subvencionable, con un límite de 200.000 € por beneficiaria.
    • Medida 5: 75-80% del gasto subvencionable, con un límite de 5.000 € por beneficiaria.

    ¿Es incompatible con otras ayudas similares?

    Las subvenciones de esta convocatoria son incompatibles, para los mismos gastos, con otras subvenciones de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra, de otras Administraciones públicas, de otros entes públicos o privados o de particulares, nacionales o internacionales.

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    Subvenciones a entidades locales para innovación en urbanismo 2024

    Gobierno de Navarra destina más de medio millón de euros este 2024 para subvenciones a entidades locales que innoven en urbanismo

    Este paquete de ayudas está destinado a entidades locales para la redacción de proyectos y planes y la ejecución de obras de urbanización, adecuación o mejora en espacios públicos para mejorar la calidad, accesibilidad, eficiencia energética, movilidad sostenible, naturalización de estos espacios. Es decir: para hacer más habitables y sostenibles los espacios que transita la ciudadanía.

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    Estas subvenciones buscan ayudar a las entidades locales navarras que lleven a cabo actuaciones innovadoras de urbanismo, ¿y qué es eso exactamente? La convocatoria entiende como innovadoras acciones como la elaboración de documentos o la ejecución de obras que aporten mejoras, enfoques y/o soluciones técnicas nuevas frente a las existentes en materia de urbanismo.

    ¿Quién puede solicitarla?

    Entidades Locales de la Comunidad Foral de Navarra.

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    La solicitud está abierta desde el 29 de mayo de 2024 al 27 de junio de 2024 en el este enlace.

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos que cubren la subvención se dividen según la tipología de actuación. Para las entidades locales que elaboren documentación urbanística, serán subvencionables estos ítems:

    Diagnóstico participado sobre las necesidades urbanas/rurales de la localidad para la mejora del modelo urbano/rural en base al objetivo del documento.
    Mapeo de puntos/zonas de actuación detectadas en el diagnóstico.
    Concreción de propuestas: Identificación-definición de líneas de actuación y propuesta de acciones en base al diagnóstico.
    Redacción de proyectos de ordenación o diseño de espacios públicos y/o de obras de urbanización, que respondan a actuaciones identificadas en un documento marco existente.

    Para aquellas entidades que realicen inversiones, serán subvencionables los gastos correspondientes a la ejecución de obras ordinarias de urbanización en espacios públicos o actuaciones de adecuación o mejora de espacios públicos (actuaciones de urbanismo táctico o similar). Regeneración de espacios públicos para mejorar la calidad, accesibilidad, eficiencia energética, movilidad sostenible, naturalización, etc.

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva en base a los diferentes criterios de las bases.

    ¿De cuánto es la ayuda?

    El importe de la ayuda será del 90% del gasto subvencionable con los siguientes límites y en relación a la acción llevada a cabo por la entidad local: se concederán hasta 12.000€ en el marco de la la elaboración de documentos y hasta 45.000€ si la actuación entra dentro de inversiones en espacios públicos.

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    Ayudas para la descarbonización del sector industrial en Navarra

    Aprobada la convocatoria 2024 de ayudas para la descarbonización del sector industrial en Navarra

    El objeto es financiar actuaciones de mejora que reduzcan el consumo de energía y las emisiones de CO2, sistemas de gestión energética e implantación de sistemas de autoconsumo con solar fotovoltaica tanto en pymes como grandes empresas industriales de la Comunidad Foral. Lee aquí toda la información de interés para tu empresa.
    La RESOLUCIÓN 106E/2024, de 14 de mayo, de la Directora General de Energía, I+D+i Empresarial y Emprendimiento, ha aprobado la convocatoria de 2024 de la subvención «Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial».

    ¿En qué consisten estas «Ayudas para la implementación de actuaciones de descarbonización en el sector industrial»?

    Van a destinadas a financiar actuaciones de mejora que reduzcan el consumo de energía y las emisiones de CO2, sistemas de gestión energética e implantación de sistemas de autoconsumo con solar fotovoltaica en pymes y grandes empresas Navarras.

     

    ¿Qué empresas pueden beneficiarse?

    Tanto pymes como grandes empresas de la Comunidad Foral de Navarra con CNAE recogido entre el 07 y el 11, el 12 y el 33 o el 35 y el 39.

    ¿Qué actuaciones son subvencionables?

    Las realizadas entre enero y el 31 de octubre de 2024 (en algunos casos han de iniciarse después de hacer la solicitud) y que consistan en:

    a) Inversiones en sustitución o mejora de equipos e instalaciones que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
    b) Implantación o mejora de sistemas de gestión energética que reduzcan el consumo de energía final y las emisiones de CO2.
    c) Implantación de instalaciones de generación de electricidad de tecnología fotovoltaica destinadas al autoconsumo según lo establecido en el Real Decreto 244/2019.

    ¿Cuál es el importe de la ayuda?

    La cuantía de la ayuda llega como máximo a los 150.000€ y va en función del tipo de actuación y la tipología de la empresa, como se muestra en las tablas siguientes:

    ¿Cómo puedo solicitar la ayuda?

    En esta ficha de la página web de Gobierno de Navarra.

     

    ¿Cuál es el plazo de solicitud?

    Desde el día siguiente a su publicación en el BON [fue el 31 de mayo de 2024], hasta un mes después.

    ¿Qué documentación tengo que presentar?

    Los siguientes documentos: presupuesto desglosado por actuaciones, memoria descriptiva justificando el ahorro de energía y emisiones y otros documentos de índole administrativa.

    ¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, en base a los criterios de valoración de la base 7 de la convocatoria.

    1,17 millones en ayudas para impulsar el pequeño comercio navarro en 2024

    La Dirección General de Comercio y Consumo ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Subvenciones para la mejora de la competitividad de las pymes de comercio minorista 2024, con una dotación presupuestaria de 1.170.000 euros.

    El plazo de solicitud de las ayudas se extiende del 17 de mayo al 6 de junio del 2024

    Plazo de solicitud

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    Esta subvención apoya al entorno empresarial local, modernizando los comercios y mejorando la gestión de las pymes mediante la integración de tecnología para adaptarse a los cambios en el consumo y fomentar el desarrollo tecnológico. Además, incentiva la creación de nuevas empresas de comercio minorista, generando empleo y respaldando las inversiones de las empresas no sedentarias.

    Quién puede solicitarla?

    Los requisitos generales indican que pueden solicitarlo aquellos comercios que cumplan estas condiciones: tener la consideración de PYME, que el comercio al por menor sea la actividad principal del negocio, figurar de alta en el IAE en algún municipio de Navarra, en algún epígrafe de comercio al por menor y, como requisito imprescindible, haber realizado este cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

    También se tendrán en cuenta requisitos específicos en función de la clase de proyecto, como se detalla:

    • Modernización y reforma (PMR): Realizar la actividad de comercio minorista desde antes del 1 de octubre del 2023. 
    • Traspaso comercial (PTC): Adquisición de un comercio en funcionamiento desde el 1 de octubre del 2023 al 17 de octubre del 2024. 
    • Comercio no sedentario (PCNS):  Alta en el IAE como comerciante no sedentario desde antes del 1 de octubre del 2023.
    • Emprendimiento comercial (PEC): Constituir una nueva empresa de comercio al por menor y abrir un nuevo establecimiento en Navarra con fecha en el IAE entre el 1 de octubre del 2023 al 27 de diciembre del 2024.

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    Desde el 17 de mayo hasta el 6 de junio del 2024.

    ¿Qué proyectos son subvencionables?

    Las inversiones que se ajusten a los siguientes proyectos realizadas, facturadas y abonadas entre el 17 de octubre de 2023 y 17 de octubre de 2024:

    • Modernización y reforma de establecimientos comerciales (PMR): Inversiones para mejoras, reformas y renovaciones de establecimientos existentes, así como la preparación de nuevos locales para trasladados o nuevos comercios, siempre que aumenten el número de establecimientos.
    • Proyectos de traspaso comercial (PTC): Inversiones como consecuencia de la adquisición de establecimientos en funcionamiento desde el 1 de octubre de 2023, siempre que se mantenga la actividad económica y se transfiera toda la propiedad comercial.
    • Comercio no sedentario (PCNS): Inversiones en la adquisición y adaptación de vehículos para comercios móviles, y en equipamiento para mercadillos. También se subvencionan las adquisiciones de actividades comerciales itinerantes en condiciones similares.
    • Emprendimiento comercial (PEC): Inversiones realizadas por nuevas empresas que implanten nuevos proyectos empresariales de comercio minorista, en establecimientos comerciales.
    • Digitalización comercial (PDC): Inversiones para la digitalización de pymes, incluyendo la implementación de tecnología y herramientas para mejorar la gestión y adaptarse a los cambios en los hábitos de compra de los consumidores.

     La inversión mínima exigida en función del tamaño de la empresa se detalla en esta tabla:

    ¿Qué obligaciones tengo?

    Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de  2 años.

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 8 de la convocatoria

     

     ¿Cuánta ayuda me corresponde?

    El importe de la ayuda será el obtenido tras aplicar los porcentajes señalados a continuación sobre la inversión subvencionable (IVA excluido) con los siguientes máximos:

    ¿Tienes dudas?

    Puedes contactarnos si necesitas apoyo para tramitar la ayuda.

    Ayudas para cambio de caldera en viviendas

    Gobierno de Navarra ha publicado las ayudas para la descarbonización del sector residencial 2024

    ¿Qué significa esto? Que puedes recibir una ayuda para sustituir tu caldera tradicional por un sistema de climatización renovable.  La subvención busca impulsar la transición energética en las viviendas de la Comunidad Foral de Navarra.  Sigue leyendo para saber cómo obtener la ayuda para cambiar la caldera de tu vivienda.

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    Descarbonización es un término que utilizamos mucho para hablar de la transición energética en las empresas, pero también es algo clave en los hogares: reduce emisiones de gases de efecto invernadero, mitigando el cambio climático. Es decir, apostar por una climatización renovable en casa es algo que también tiene un impacto positivo en tu entorno. 

    ¿Quién puede solicitarla?

    Pueden beneficiarse de la subvención las personas físicas con vivienda en la Comunidad Foral de Navarra.

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    El plazo de solicitud de las ayudas es de dos meses a partir de la publicación en el Boletín Oficial de Navarra

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos que cubren la subvención son la sustitución de calderas de combustión de gas, gasoil y otros combustibles fósiles por sistemas de climatización renovable, como estufas de pellets, calderas de biomasa, aerotermia, geotermia, etc. En viviendas de la Comunidad Foral de Navarra. Las actuaciones se podrán llevar a cabo desde enero de 2024 hasta el 31 de octubre de 2024.

     

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    Las solicitudes se atenderán por riguroso orden de entrada, hasta que se agote el presupuesto. Así que, si te interesan estas ayudas para lograr una climatización más sostenible en tu hogar, ¡no te duermas!

    ¿De cuánto es la ayuda?

    El importe de la ayuda será en función de la potencia de la instalación, con los módulos y límites establecidos en la siguiente tabla:

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