Abierto el plazo de las subvenciones para la promoción del empleo autónomo 2025

El Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Subvenciones para promoción de empleo autónomo durante el año 2025, con una dotación presupuestaria de 2.900.000 de euros. Esta subvención apoya a las personas desempleadas que inician una actividad económica y generan su propio empleo, por cuenta propia, incluidas también las que forman parte de una sociedad civil o comunidad de bienes.

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 4 de febrero de 2025

¿Quién puede solicitar estas ayudas?

Personas desempleadas e inscritas en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas o las que forman parte de una sociedad civil o comunidad de bienes. Sólo se subvencionarán las altas en el RETA/mutualidad posteriores a la publicación de esta convocatoria.

Las exclusiones, es decir, aquellas personas que no podrán solicitarlas, son las siguientes:

  1. Quienes hayan sido beneficiarias de la subvención a la promoción del empleo autónomo del SNE-NL en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad.
  2. Quienes hayan desarrollado como persona trabajadora autónoma por cuenta propia, a título principal, la misma o similar actividad en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad.
  3. Las personas socias de sociedades mercantiles y quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejo o administración para una sociedad mercantil; personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas y sociedades laborales, aunque estén integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social; personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.
  4. Personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.
  5. Quienes se den de alta en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia.

¿Cuánta ayuda me dan?

Pues depende, porque el importe de la subvención va de 2.000 a 4.500 euros y la cuantía varía según las circunstancias personales (si concurren varias, la de mayor importe). Aquí te dejamos unas cuantas:

  • General: 2.000 euros.
  • Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros.
  • Personas mayores de 45 años: 2.200 euros.
  • Personas desempleadas de larga duración: 2.200 euros.
  • Mujeres: 2.500 euros.
  • Personas con discapacidad: 3.000 euros.
  • Personas perceptoras de la Renta de Inclusión Social o similar: 3.000 euros.
  • Mujeres víctimas de violencia de género: 3.500 euros.

Además, existe una ayuda adicional de 1.000 euros si la persona trabajadora autónoma desarrolla su actividad (dada de alta en el IAE) en una localidad de Navarra de menos de 5.000 habitantes, siempre y cuando:

  • Disponga de un local/domicilio de negocio en la localidad y que así conste en el IAE (parcela, metros cuadrados, etc).
  • En caso contrario, empadronamiento en esa localidad superior al año.

Se excluyen de la ayuda adicional de 1.000 € las siguientes localidades de menos de 5.000 habitantes: Aranguren, Berrioplano/Berriobeiti, Cendea de Olza /Oltza Zendea, Cizur, Egués, Galar, Noáin (Valle de Elorz) / Noain (Elortzibar).

 

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 4 de febrero y será de un mes a partir del día siguiente al inicio de la actividad. Se subvencionarán las altas en el RETA/mutualidad desde el 2 de enero de 2025. Estas ayudas tienen un régimen de evaluación individualizada, por lo que es decisivo el orden de presentación de la solicitud.

 

¿Qué obligaciones tengo al recibir esta ayuda?

Las siguientes:

  • Mantener la actividad (alta IAE y alta en RETA) durante 18 meses.
  • Mantener el negocio en la misma localidad en caso de haber recibido la ayuda adicional de 1.000 €
  • Colocar en el local y en la web un cartel de difusión de la subvención tamaño DIN A3, con los logos correspondientes y con la siguiente frase: “Esta empresa ha recibido una ayuda cofinanciada al 100% con recursos REACT UE, a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 de Navarra, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19”.

 

¿Quieres saber más?

El personal técnico del Consorcio queda a disposición de las personas emprendedoras de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Ayuda a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales

Esta ayuda busca atraer y apoyar a las y los jóvenes agricultores, y a quienes se inician en el sector, y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales. También es objetivo de las ayudas promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales.

⌛ Plazo de solicitud ⌛

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¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Personas físicas que emprendan en el medio rural. Hay tres tipologías distintas:

  • Tipo A.1: Personas agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), y que realicen la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo A.2: Familiares de primer grado de una persona agricultora profesional o titular de una explotación. No estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y realizar la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo B.2: Personas que no estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y vayan a realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con riesgo de despoblación.

¿Qué requisitos son necesarios?

  • Tener una edad comprendida entre 18 y 61 años. 
  • No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias. 
  • No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores. 
  • Contar con los permisos necesarios para realizar la actividad y conformidad del Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados.
  • Presentar un plan empresarial
  • Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección (Base 9 de la convocatoria).

¿Qué proyectos son subvencionables?

Las actividades de diversificación deben estar incluidas en alguno de estos ámbitos: 

  • Servicios profesionales.
  • Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros. 
  • Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales. 
  • Provisión de servicios sociales. 
  • Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas. 
  • Transformación y comercialización cuyo producto resultante no se encuentre en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 
  • Provisión de servicios a cualquier sector económico, incluyendo la agricultura, silvicultura o población rural. 
  • Actividades de bioeconomía circular. 
  • Actividades de agroturismo, turismo rural, ocio, recreativas, deportivas, hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial. 

 

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía de la ayuda varía en función del tipo de ayuda solicitada:

  • Tipo A.1: Actividad parcial para agricultoras profesionales: Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
  • Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
  • Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.

 

¿Qué obligaciones han de cumplirse para recibir la ayuda?

  • Ejecutar el plan empresarial y cumplir con los condicionantes y plazos establecidos en la base 15 de las bases reguladoras.
  • Justificar el compromiso de los ingresos mínimos establecidos en cada tipo de ayuda. 
  • Mantener la actividad objeto de la ayuda, 3 años desde la fecha del pago final de la ayuda (5 años en total).

 

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Puedes solicitar la ayuda hasta el 7 de febrero del 2025, en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se puntúan y se conceden por orden de presentación, atendiendo a la base 9 de las bases reguladoras.

 

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El personal técnico del Consorcio queda a disposición de las empresas de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Solicita las ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias 2025

La finalidad de estas ayudas es fomentar las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas que contribuyan a cumplir con los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión y mejorar la posición competitiva del sector agroalimentario de Navarra.

⌛ Plazo de solicitud ⌛

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¿Qué tipo de ayudas se incluye?

Se incluyen dos tipos de ayudas:

Línea A: Ayudas con objetivos ambientales a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
Línea B: Ayudas para mejorar la competitividad a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Podrán beneficiarse las empresas y entidades sin personalidad jurídica que cumplan:

-Realizar la actividad a subvencionar en Navarra.

-Desarrollen, o vayan a desarrollar, alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas del anexo I del TFUE, a excepción de las empresas del sector de la pesca y de aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado anexo. En el sector del vino sólo serán admisibles las solicitudes de menos de 100.000 euros.

-Estar inscritas o hayan solicitado inscripción en el Registro Industrial de Navarra (cuando proceda).

-Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Los proyectos subvencionables incluyen proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales que tengan la finalidad de:

-Las mejoras en la transformación y comercialización.

-El incremento del valor añadido del producto.

-La mejora de la calidad.

-El incremento de la capacidad productiva.

-La eficiencia energética y en el uso de los inputs.

-El incremento del empleo.

-La diversificación de actividades.

-La protección medioambiental.

-La seguridad laboral.

-La creación de un nuevo establecimiento.

-La ampliación de un establecimiento existente.

¿Cuál es la inversión mínima?

La inversión mínima de los proyectos subvencionables en función de la plantilla media del año 2023 es la siguiente:

-15.000 euros (plantilla menor de 10).

-50.000 euros para plantilla Mayor de 10 (incluido) y menor de 50 (no incluido).

-100.000 euros para plantilla mayor de 50 (incluido) y menor de 250 (no incluido).

-300.000 euros para plantilla mayor de 250 (incluido).

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

El importe de la ayuda dependerá del tipo de proyecto y de la clasificación de la empresa:

Además, si las solicitante acredita cuestiones relacionadas con la igualdad de género (+1%), discapacidad (+1%), proyectos de inversión promovidos por personas menores de 41 años (+1%) o empresas ubicadas en municipios catalogados como “Riesgo extremo” o “Riesgo intenso” de despoblación (la intensidad de la ayuda será del 30% en todos los casos), el porcentaje de la ayuda incrementará en el porcentaje indicado entre paréntesis. 

¿Cuál es el período de ejecución de los proyectos?

El periodo de ejecución de los proyectos comprende el 1 de enero de 2023 y 30 de junio de 2026. Además, a fecha de solicitud de la ayuda, las inversiones no deberán estar finalizadas.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables incluyen:

–La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.

-La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto.

-La inversión en los siguientes activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y derechos de autoría y marcas registradas.

-Otros gastos relacionados con los dos primeros puntos, tales como honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, así como tributos relacionados con las inversiones de obra civil, con un límite del 20% de los gastos con los que se relacionan.

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Entre el 2 de enero y 14 de marzo del 2025, en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se puntúan atendiendo a la base 11 de las bases reguladoras, y se conceden por orden de puntuación

 

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Ayudas a empresas para Planes de Descarbonización en 2025

El Gobierno de Navarra lanza en 2025 una nueva convocatoria de ayudas a empresas para realizar Planes de Descarbonización

A través de medidas como esta se favorece la transición de la economía lineal a la economía circular. El primer paso en este sentido consiste en realizar un diagnóstico de la empresa y un Plan de Descarbonización, algo fundamental para conocer la situación de partida y trazar el camino adecuado para conseguir los objetivos, tanto si eres una PYME como una gran empresa.

Además de suponer un avance en cuanto a sostenibilidad, En la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, se establece la obligación para determinadas empresas de calcular y publicar su huella de carbono, así como elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. No se ha definido aún claramente qué tipos de empresas estarán obligadas.

Ayudas

Gobierno de Navarra pone a disposición a Pymes y grandes empresas con determinados CNAEs ayudas para realizar Planes de Descarbonización (Resolución 394E/2024).

El Plan de descarbonización es un trabajo de consultoría encaminado a la elaboración de una estrategia global, para la consecución de una empresa más sostenible ambientalmente, mediante medidas de ahorro y eficiencia energética y de reducción, captura y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero.

Importe de las ayudas

La intensidad de las ayudas varía en función del tamaño de la empresa, será del 40% para grandes empresas, 50% para medianas y del 60% en el caso de pequeñas empresas. Además, hay un límite máximo de la ayuda en función del consumo energético de la empresa.

Plazos

El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra. El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será el 30 de septiembre de 2025. El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, en base a los criterios establecidos en la base 5 de la convocatoria.

 

¿Quieres saber más?

El personal técnico del área de sostenibilidad del Consorcio queda a disposición de las entidades locales de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Ayudas a entidades locales para la transición energética 2025

Se han aprobado las bases de subvenciones de Transición Energética 2025 para entidades locales. Estas Ayudas de Transición Energética 2025 para entidades locales tienen como objetivo promover medidas sostenibles en el alumbrado público, proyectos e instalaciones de energías renovables y la redacción de planes de movilidad sostenible

Un año más desde Gobierno de Navarra se refuerza la apuesta a la transición energética en el marco de las actuaciones llevadas a cabo por los ayuntamientos y otras entidades locales de los municipios de la Comunidad Foral. En esta edición de las Ayudas de Transición Energética 2025 para entidades locales hay diferentes medidas disponibles, como la renovación del alumbrado exterior e interior, la instalación de energías renovables de autoconsumo y térmicas, la redacción de proyectos de eficiencia energética y auditorías, así como la redacción de planes de movilidad sostenible. El plazo de presentación finaliza un mes después de la publicación en el BON, todavía pendiente.

Estas ayudas están pendientes de publicación en el BON

Plazo de solicitud

Estas ayudas están pendientes de publicar en el BON, las solicitudes pueden presentarse hasta un mes después de la publicación en el BON.

Datos de interés

  • Como novedad destaca el aumento de la cuantía de la ayuda máxima para alumbrados en municipios de hasta 500 habitantes de 20.000 € y la incorporación de la redacción de planes de movilidad sostenible.
  • El importe de la subvención varía entre medidas pero va desde un 50% de ayuda a un 80%
  • Estas subvenciones no son compatibles con otras de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra otorgadas para los mismos gastor subvencionables. En concreto, son incompatibles con el Plan de Inversiones Locales que esté vigente. Sin embargo, pueden ser compatible con otras ayudas concedidas por otros entes. Si tienes dudas sobre la compatibilidad, consúltanos.

¿Tienes dudas? ¡Consúltanos!

El personal técnico del área de sostenibilidad del Consorcio queda a disposición de las entidades locales de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Subvenciones a entidades locales para revitalizar el comercio rural

Estas ayudas se enfocan a incentivar el consumo en el comercio rural y transformar el modo de hacer comercio en zonas rurales y mejorar las condiciones de aprovisionamiento, distribución y oferta de las zonas rurales de Navarra.

⌛ Fin de plazo ⌛

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¿Cuál es el plazo de presentación?

Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra hasta el 11 de Noviembre incluido.

¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

La documentación requerida en la base 7 de la convocatoria.

¿Qué tipos de proyectos son subvencionables?

  • Redacción de proyectos técnicos.
  • Inversiones para acondicionamiento y puesta en marcha de locales multiactividad.

¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

  • Redacción de proyectos técnicos: desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 16 de diciembre de 2024 inclusive.
  • Acondicionamiento de locales multiactividad en zonas rurales: La actuación se realizará durante los años 2024 y 2025 y con fecha límite las obras deben estar finalizadas y recepcionadas para el 31 de octubre de 2025, inclusive.     

¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8 de la convocatoria.

¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8 de la convocatoria.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos que cubren las ayudas son los que siguen:

a.) Redacción de Proyectos Técnicos
 Se admiten los honorarios por servicios técnicos profesionales imprescindibles para la redacción de proyectos técnicos o de memorias técnicas valoradas, sobre proyectos de adecuación de locales de titularidad municipal para la instalación de locales multiactividad.

b.) Acondicionamiento de locales multiactividad
a) Se admiten aquellas inversiones necesarias para el acondicionamiento y puesta en marcha de un establecimiento comercial en locales que sean propiedad de entidades locales, así como la realización de obras y reformas de las instalaciones, acondicionamiento del local, señalización exterior, adquisición de mobiliario y de equipamiento específico, etc.

b) Se admiten asimismo los honorarios por servicios técnicos profesionales imprescindibles y directamente relacionados con las actuaciones anteriores correspondientes, en concreto por la redacción del proyecto técnico y por la dirección de obra. Se admitirá como subvencionable por ambos conceptos un máximo del 20% del presupuesto de las inversiones previstas que sean subvencionables, pero estos gastos no serán tenidos en consideración a efectos de alcanzar el importe de inversión mínimo requerido.

  • Asimismo, en el momento de presentar la justificación final de este tipo de actuaciones, se admitirá como gastos justificados por la redacción del proyecto y por la dirección de obra, hasta un máximo del 20% del importe de ejecución material final debidamente justificado.
  • c) En el caso de que las actuaciones afecten a un edificio completo o a otras obras complementarias (escaleras, reformas tejados, etc.) que se acometan de forma simultánea junto con la adecuación del local multiactividad, se subvencionará exclusivamente la parte proporcional de las construcciones e inversiones que se destinen de forma directa e inequívoca a la actividad objeto de la subvención.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

En la línea Redacción de proyectos técnicos inversión mínima de 1.000 euros el 90%, en la línea Acondicionamiento de locales multiactividad inversión mínima de 15.000 euros hasta el 80% hasta un máximo de 65.000 euros por actuación.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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