Se han aprobado las bases de subvenciones de Transición Energética 2024 para entidades locales. Estas Ayudas de Transición Energética 2024 para entidades locales tienen como objetivo promover medidas sostenibles en el alumbrado público, proyectos e instalaciones de energías renovables y la constitución de comunidades energéticas.
Un año más desde Gobierno de Navarra se refuerza la apuesta a la transición energética en el marco de las actuaciones llevadas a cabo por los ayuntamientos y otras entidades locales de los municipios de la Comunidad Foral. En esta edición de las Ayudas de Transición Energética 2024 para entidades locales hay diferentes medidas disponibles, como la renovación del alumbrado exterior e interior, la instalación de energías renovables de autoconsumo y térmicas, la redacción de proyectos de eficiencia energética y auditorías, así como la creación de comunidades energéticas. El plazo de presentación finaliza un mes después de la publicación en el BON, todavía pendiente, y las acciones deben ejecutarse entre enero y octubre de 2024.
¡Aprovecha esta oportunidad para promover la eficiencia energética y el uso de fuentes renovables en tu localidad!
Como novedad destaca que en 2024 se vuelven a integrar las ayudas para instalaciones de enregía renovable.
El importe de la subvención varía entre medidas pero va desde un 50% de ayuda a un 80%
Estas subvenciones no son compatibles con otras de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra otorgadas para los mismos gastor subvencionables. En concreto, son incompatibles con el Plan de Inversiones Locales que esté vigente. Sin embargo, pueden ser compatible con otras ayudas concedidas por otros entes. Si tienes dudas sobre la compatibilidad, consúltanos.
Dudas y consultas
El personal técnico del área de sostenibilidad del Consorcio queda a disposición de las entidades locales de la Zona Media para cualquier consulta al respecto. Puedes ampliar información en este webinar gratuito al que puedes acceder con la contraseña sQHfut8T
Desde hoy 12 de septiembre se abre el plazo para solicitar las ayudas del Programa Kit Digital, para la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas. La principal novedad es que esta convocatoria está dirigida a formas jurídicas hasta ahora excluidas: comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida, sociedades civiles profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil.
Estas entidades podrán optar a su bono digital si tienen menos de 50 personas empleadas y, como en las anteriores convocatorias, la cuantía ayuda se diferenciará atendiendo a ese criterio:
Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados).
Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados).
Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consisten en un «bono digital» que puede usarse en soluciones de digitalización. Para ello, tu empresa tiene que contar con la mediación de un Agente Digitalizador. ¿Cuál es su papel? El Agente Digitalizador, en nombre de la empresa beneficiaria, presenta la cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención. Puedes consultar en esta lista cuál es tu Agente Digitalizador más cercano.
Al detalle
Aquí te desglosamos los puntos más importantes, pero si tienes cualquier duda, ¡contáctanos!
Cuantía de las ayudas
El importe máximo del bono por beneficiario será el siguiente en función del Segmento al que pertenezca:
Segmentos de beneficiarios
Importe del bono digital
Segmento I: entidades entre 10 y menos de 50 empleados
12.000 €
Segmento II: entidades entre 3 y menos de 10 empleados
6.000 €
Segmento III: entidades entre 0 y menos de 3 empleados
2.000 €
¿Qué soluciones cubre el Kit Digital?
En el siguiente enlace verás desglosado por segmento y solución los importes subvencionados de cada una de las soluciones. Aquí enumeramos algunas:
Sitio Web y presencia básica en Internet, comercio electrónico, gestión de Redes Sociales, gestión de Clientes, Business Intelligence y Analítica, gestión de Procesos, Factura Electrónica, servicios y herramientas de Oficina Virtual, Comunicaciones Seguras, Ciberseguridad, presencia avanzada en Internet y Marketplace.
Solicitudes
Las ayudas pueden solicitarse desde hoy 12 de septiembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas. Tienenrégimen de concesión directa y los pasos a seguir para solicitarlas son los siguientes:
Registrarse en el área privada dewww.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
Consultar el catálogo de agentes digitalizadores a través de los cuales puedes realizar la digitalización. Puedes filtrar por Comunidad Autónoma y Código Postal para conocer cuáles son las empresas de la zona que ofrecen este servicio.
Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
Las solicitudes se presentarán por la persona solicitante, su representante legal o un representante voluntario/a que cuente con su autorización únicamente a través del formulario automatizado.
La finalidad de esta convocatoria de subvenciones es fomentar la evolución tecnológica o transformación digital de las PYMES, mediante la implantación de soluciones TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y tecnologías habilitadoras digitales.
¿Qué proyectos son subvencionables?
– Proyectos Tipo A: Soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa Desarrollo e implantación de soluciones TIC enmarcadas en alguno de los siguientes ámbitos:
Aplicaciones de gestión integrada de la información de la empresa, entre otras ERP.
Aplicaciones de gestión logística interna y externa (SCM, SGA, MRP y CRM).
Aplicaciones de la gestión del ciclo de vida de productos y servicios de soporte remoto de productos (PLM, PDM, DFM).
Herramientas y procesos de Business Intelligence.
Big data.
Servicios en la nube.
Mejora de proceso y producto.
Ciberseguridad.
Relaciones proveedor/cliente.
Gestión organizacional.
– Proyectos Tipo B: Oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (PTD) elaborado por la empresa.
Tendrán validez los PTD con el alcance destacado en el párrafo anterior entre los que se encuentran los realizados al amparo de las convocatorias de:
Ayudas del “Programa Industria Activa 4.0” impulsada por la Secretaría General de Industria y de la PYME (SGIPYME) del Ministerio de Industria, Comercio y Turismo.
“Subvención a empresas para elaborar planes de transformación digital Itinerarios 4.0” impulsada por la Dirección General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo (Itinerarios 4.0)”.
¿Qué gastos son subvencionables?
Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:
Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación.
Gastos relativos a las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, que supondrán como máximo el 30% de los costes.
¿Qué gastos no son subvencionables?
Queda excluida la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.
¿Qué empresas son beneficiarias?
Las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
Ser una PYME.
Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el IAE.
Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en caso de que proceda.
No estar cumpliendo sanciones administrativas ni incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias.
No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la «Declaración responsable» que se incluye en el formulario de solicitud.
Periodo de realización
Gastos de empresas externas para la implantación de la solución TIC elegida, realizados entre el 1 de enero de 2023 y el 31 de diciembre de 2023. La inversión mínima del proyecto es de 5.000 €.
Importe de la ayuda
El porcentaje de la ayuda será del 40% de los gastos subvencionables, con una cuantía máxima de 30.000 € para proyectos tipo A, 40.000 € para proyectos tipo B, y 50.000 € por beneficiaria.
Se concederá un 5% adicional a las empresas que hayan adoptado medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación entre hombres y mujeres, como:
Haber obtenido un reconocimiento por la aplicación de políticas de igualdad y oportunidades con sus trabajadores y trabajadoras.
Contar, con al menos, un 30% de mujeres en puestos directivos.
Si se trata de una empresa menor de 50 personas en plantilla:
Disponer de un plan de igualdad.
Haber aplicado medidas para la conciliación de la vida personal, laboral y familiar u otras medidas de promoción de la igualdad.
Haber aprobado o difundido un protocolo o medidas específicas para prevenir y hacer frente al acoso sexual.
Documentación para solicitar la ayuda
En la ficha de ayuda podéis descargaros las bases de la convocatoria y la documentación que se debe adjuntar: Modelo de memoria del proyecto, Excel con la información económica de la empresa de los últimos tres años, Formulario de Justificación de la elección del proveedor cuando supere 12.000 €. El trámite se debe realizar vía telemática en el apartado «Tramitar» de la ficha de ayuda.
Las ayudas deben solicitarse vía telemática del 25/08/23 al 24/09/23. El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se concederán por orden de presentación.
Contacto
Servicio de Fomento de la Industria Sección de Digitalización Empresarial Parque Tomás Caballero, nº 1, 6ª planta Edificio Fuerte del Príncipe II 31005 Pamplona (Navarra) Teléfonos: 848 42 05 58 / 848 42 17 17 Correo electrónico: industria4.0@navarra.es
Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por Gobierno de Navarra. Puedes solicitarnos cita en consorcio@navarramedia.org, teléfono 948 740 739.
Desde el Servicio de Trabajo se ha publicado la Resolución 473E/2023 por la que se aprueba la dotación presupuestaria de 50.000€ para la «Subvención a personas trabajadoras autónomas para cubrir gastos abonados en concepto de traspaso de negocios ubicados en localidades de Navarra de menos de 2.500 habitantes durante 2023.» Sigue leyendo para conocer estas ayudas para traspaso de negocios en localidades pequeñas.
Van dirigidas a personas trabajadoras autónomas que sucedan a la titular o titulares de una actividad empresarial por cuenta propia con los siguientes requisitos:
El negocio tiene que estar ubicado en una localidad de menos de 2.500 habitantes.
Formalización del acuerdo de transmisión entre del 01/01/2023 y el 31/10/2023.
Alta en el IAE en la localidad donde se va a desarrollar la actividad económica.
Alta en el RETA o Mutualidad del Colegio Profesional correspondiente.
Gastos subvencionables:
Precio del acuerdo de transmisión de negocio.
Gastos notariales y registrales.
Gastos de asesoría jurídica o financiera.
Gastos periciales.
Otros gastos derivados de la transmisión del negocio.
Importe subvencionable:
El 70% del presupuesto de los gastos subvencionables con un máximo de 10.000 euros. Se incrementará a 12.000 euros para mujeres y personas con discapacidad con un grado igual o superior al 33%.
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 18 de septiembre para traspasos realizados antes del 18 de agosto.
Un mes desde la fecha del contrato para traspasos realizados después del 18 de agosto con la fecha límite de 30/11/2023.
Procedimiento de concesión:
Estas ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada de manera que las solicitudes serán atendidas por orden de presentación en tanto se disponga de crédito presupuestario. Esta convocatoria de ayudas se resuelve por evaluación individualizada por lo que es decisivo el orden de presentación de la solicitud.
Contacto:
Servicio de Trabajo Sección de Trabajo Autónomo Teléfonos: 848 427 864 / 848 428 564 Correo electrónico: trabajoautonomo@navarra.es
Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a las personas promotoras del territorio y a quienes tienen en venta un negocio por traspaso. Puedes solicitarnos cita en consorcio@navarramedia.org, teléfono 948 740 739.
Desde el Servicio de Dinamización del Comercio Rural de Navarra, impulsado por la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo de GN y gestionado en nuestra comarca por el Consorcio de Desarrollo de la Zona Media, comunicamos esta información de interés para comerciantes y asociaciones de comerciantes.
Ya puede consultarse la Resolución 213E/2023, publicada en el BON Nº 131 de 22 de junio, de la Directora General de Turismo, Comercio y Consumo por la que se aprueba esta convocatoria, que cuenta con una partida presupuestaria de 890.343,71 €.
Estas ayudas están dirigidas a:
Microempresas, pequeñas y medianas empresas del comercio minorista: 500.990,67 euros.
Asociaciones sin ánimo de lucro del sector comercial: 389.353,19 euros.
Qué gastos son subvencionables:
a) Proyectos de nuevas tecnologías individual y/o del colectivo de asociados/as dirigidas a mejorar diferentes áreas de la estrategia comercial en línea y de comunicación, del modelo de negocio y de la experiencia de compra.
b) Proyectos de nuevas tecnologías para la transformación del espacio físico de venta individual y/o del colectivo de asociados dirigido tanto a las nuevas necesidades y hábitos de las y los consumidores como a nuevos modelos de gestión.
c) Proyectos de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia, sostenibilidad de la entrega de última milla, en la cadena de suministro, trazabilidad y la economía circular.
d) Proyectos de aplicación de soluciones tecnológicas para mejorar la eficiencia en el consumo energético y de los recursos.
Plazo de ejecución de las actuaciones subvencionables:
Las actuaciones objeto de subvención deben haberse realizado o realizarse entre el 1 de enero de 2022 y el 15 de noviembre de 2023.
Importe de la subvención:
Plazo de presentación de solicitudes:
El plazo para la presentación de solicitudes comienza el 23 de junio y finaliza el 31 de agosto de 2023, inclusive.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente de manera telemática.
Procedimiento de concesión:
Estas ayudas se concederán en régimen de evaluación individualizada de manera que las solicitudes serán atendidas por orden de presentación en tanto se disponga de crédito presupuestario. Esta convocatoria de ayudas se resuelve por evaluación individualizada por lo que es decisivo el orden de presentación de la solicitud.
Contacto
Departamento de Desarrollo Económico y Empresarial Sección de Ordenación del Comercio y de la Artesanía y de Ayudas Económicas Teléfono: 848 42 46 25 Correo electrónico: comercionavarra@navarra.es
Cómo suscribirse al trámite para recibir información de la ayuda
Si te interesa recibir información actualizada de esta ayuda puedes suscribirte al trámite, pinchando en la Ficha de la Ayuda.
En el apartado «documentación a presentar» de la ficha de la ayuda puedes descargar los formularios de solicitud.
Desde el Servicio de Dinamización del Comercio Rural de Navarra, impulsado por la Dirección General de Turismo, Comercio y Consumo de GN y gestionado en nuestra comarca por el Consorcio de Desarrollo de la Zona Media, prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a comerciantes y asociaciones de comerciantes de la Zona Media. Puedes solicitarnos cita en olga@navarramedia.org, teléfono 948740739 / 619102447.
Una buena forma de pasar de la economía lineal a la economía circular, es realizar un diagnóstico de nuestra empresa y un Plan de descarbonización.
Esto nos permitirá conocer la situación de partida y trazar el camino para conseguir los objetivos.
Obligaciones
En la Ley 7/2021 de Cambio Climático y Transición Energética, se establece la obligación para determinadas empresas de calcular y publicar su huella de carbono, así como elaborar y publicar un plan de reducción de emisiones de gases de efecto invernadero. No se ha definido aún claramente qué tipos de empresas estarán obligadas.
El Gobierno de Navarra asumió el compromiso de establecer antes de septiembre de 2023 cuáles de las empresas con actividad en el territorio de la Comunidad Foral deberán cumplir con estos requisitos , incluidas explotaciones agrícolas y ganaderas (Ley Foral 4/2022 de Cambio Climático y Transición Energética).
Ayudas
Gobierno de Navarra pone a disposición a Pymes y grandes empresas con determinados CNAEs ayudas para realizar Planes de Descarbonización (resolución 140E/2023, de 25 de mayo).
El Plan de descarbonización es un trabajo de consultoría encaminado a la elaboración de una estrategia global, para la consecución de una empresa más sostenible ambientalmente, mediante medidas de ahorro y eficiencia energética y de reducción, captura y compensación de emisiones de gases de efecto invernadero.
Importe de las ayudas
La intensidad de las ayudas será del 38% para grandes empresas, 48% para medianas y del 58% en el caso de pequeñas empresas. Además hay un límite máximo de la ayuda en función del consumo energético de la empresa.
Plazos
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes, que comenzará el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra.
El plazo máximo para la conclusión de las actuaciones objeto de ayuda será el 31 de octubre de 2023.
Los expedientes se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación de las solicitudes y en tanto se disponga de crédito presupuestario para ello.