Abierto el plazo para las ayudas para el fomento de la empresa digital 2024

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 12 de octubre y termina el 2 de diciembre de 2024

La finalidad de la subvención «Fomento de la empresa digital» es impulsar la evolución tecnológica o transformación digital de las pymes, mediante la implantación de soluciones TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y mediante tecnologías habilitadoras digitales.

El Gobierno de Navarra aprueba las ayudas para la eliminación de amianto en empresas para compañías con centro de producción en Navarra

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¿Qué empresas pueden solicitarla?

Las empresas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser una PYME.
  • Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el IAE.
  • Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en caso de que proceda.
  • No estar cumpliendo sanciones administrativas ni incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la «Declaración responsable» que se incluye en el formulario de solicitud.

    ¿Qué proyectos son subvencionables?

    Los siguentes:

    • Tipo A: Implantación de soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa: herramientas y procesos de Business Intelligence, big data, servicios en la nube, mejora de proceso y producto, ciberseguridad, relaciones proveedor/cliente o gestión organizacional.
    • Tipo B: Implantación de oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD). Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones tecnológicas que se hayan detectado como oportunidades en el PTD elaborado por la empresa.
    • Tipo C: Formación en competencias digitales.
    • Tipo D: Auditorías en materia de ciberseguridad.     

    ¿Cúal es la Inversión mínima para cada proyecto?

    • Proyectos Tipo A y B: 2.500 euros (sin IVA). 
    • Proyectos Tipo C y D: 300 euros (sin IVA)

       

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:

    • Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
    • Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
    • Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación.
    • Gastos en competencias digitales.
    • Gastos de auditoría en ciberseguridad.

    Los importes relativos a las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, supondrán como máximo el 40 % de todos los gastos.

    ¿Qué gastos no son subvencionables?

    La adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.

                                                                                                                                                                                                          

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

    El porcentaje de ayuda sobre los gastos subvencionables será el siguiente en función del tipo de proyecto, siendo el máximo de ayuda a percibir por proyecto de 30.000 euros. La intensidad de la ayuda es del 35% para las Soluciones TIC aplicadas a la «transformación digital» de la empresa, del 45% para las oportunidades de transformación digital detectadas en el PTD, del 90% paraproyectos de formación en competencias digitales y del 50% para auditorías en material de ciberseguridad.

    Además, los proyectos tipo A y B, podrán obtener una intensidad adicional:

    • Empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2023: un 15% adicional.
    • Empresas que hayan adoptado alguna medida dirigida a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres: un 5% adicional.

    ¿Cómo y cuándo puedo solicitar la ayuda?

    Las ayudas deben solicitarse vía telemática del 12/10/24 al 02/12/24

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se concederán por orden de presentación.

    ¿Cuál es el periodo de realización de los proyectos?

    El periodo para la ejecución de los proyectos y para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud de la ayuda.

    Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

    ¿Tienes dudas? ¡Contáctanos!

    Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por Gobierno de Navarra. Puedes solicitarnos cita en consorcio@navarramedia.org, teléfono 948 740 739.

    785.000 € en ayudas para proyectos en la Zona Media

    Abierta la segunda convocatoria de ayudas de la Estrategia de Desarrollo Local Participativo 2023-2027, que busca hacer posibles proyectos públicos y privados en la Zona Media de Navarra

    Este 15 de octubre se publica en el Boletín Oficial de Navarra la segunda convocatoria de ayudas a proyectos que encajen en las acciones previstas en la Estrategia de Desarrollo Local Participativo (EDLP) de la Zona Media de Navarra. Esta Estrategia abarca el período 2023-2027 y, bajo el lema “Savia de la Zona Media”, supone una hoja de ruta que busca impulsar el territorio y mejorar la calidad de vida en el mismo.

    Vehiculada por el Consorcio de Desarrollo de la Zona Media, esta convocatoria dispone de un presupuesto total de 785.637,42 euros, de los cuales el 45% corresponde a los fondos europeos FEADER y el 55% restante es aportación del Gobierno de Navarra. De la dotación total, 392.818,71 euros están destinados a personas o empresas que vayan a desarrollar un proyecto de inversión económica en el territorio y creen o mantengan empleo. El mismo importe, 392.818,71 euros, se dedica a proyectos llevados a cabo por entidades locales y otras entidades sin ánimo de lucro. 

    Todos los proyectos han de cumplir una serie de requisitos, como realizar las inversiones en los municipios de la Zona Media, estar alineados con las líneas de acción de la Estrategia y tener prevista una inversión mínima, que es de 5.000 euros para proyectos privados y de 10.000 euros en el caso de proyectos públicos.

    El primer paso para las entidades, empresas o personas promotoras con un proyecto en mente, es contactar con el Consorcio de Desarrollo de la Zona Media. La entidad cuenta con personal específico para asesorar de manera individualizada cada proyecto en función de las actuaciones e inversiones para las cuales se solicite las ayudas. Estas subvenciones se conceden en régimen de concurrencia competitiva y el plazo para presentar la documentación para formalizar la solicitud de ayuda termina la mañana del lunes 16 de diciembre de 2024.

    En la jornada que tendrá lugar el miércoles 23 de octubre a las 17:30 horas en la Biblioteca de Artajona se explicarán los pormenores de la convocatoria, y se podrán plantear dudas.

    Conoce en nuestra web y redes sociales proyectos financiados gracias a convocatorias anteriores de la EDLP.

    Ayudas para la eliminación de amianto en empresas

    Estas ayudas se destinan a la retirada de cubiertas de fibrocemento con amianto en empresas de Navarra y la gestión del residuo. 

    El Gobierno de Navarra aprueba las ayudas para la eliminación de amianto en empresas para compañías con centro de producción en Navarra

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    ¿Quién puede solicitarla?

    Empresas con centro de producción en Navarra.

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra desde el 6 de septiembre al 30 de octubre 2024.

    ¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

    • Formulario de solicitud
    • Resolución de aprobación del Plan de Trabajo
    • Presupuesto detallado de los trabajos
    • Documentos de identificación del traslado de los residuos de amianto, validados por gestoría
    • Facturas y transferencia de los pagos
    • Declaración responsable relativa al cumplimiento de las obligaciones establecidas en la normativa vigente en materia de igualdad entre mujeres y hombres
    • Cumplimentar el anexo III de cumplimiento de la Ley de Transparencia

    ¿Qué tipos de actuaciones son subvencionables?

    Se consideran subvencionables la retirada de cubiertas de fibrocemento con amianto y la gestión de sus residuos realizada por empresas inscritas en el Registro de empresas con riesgo por amianto (RERA). Los trabajos de retirada incluyen: la elaboración del Plan de trabajo aprobado por el ISPLN, todos trabajos indicados en el mismo, transporte de este material y el coste de tratamiento en la instalación del gestor de destino.                                                                                                                                                                                                                    

    ¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

    La subvención es para actuaciones realizadas con fecha posterior al 6 de septiembre de 2024.

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple por orden de solicitud.

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

    La cuantía de la ayuda será del 90% del gasto subvencionable con un límite máximo de ayuda de 20.000 €.

    Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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    Subvenciones a entidades locales para actuaciones de revitalización comercial

    Estas ayudas se enfocan a la mejora y la modernización de los equipamientos y espacios públicos comerciales, fomentando actuaciones de mejora física en mercados municipales, en mercadillos de venta ambulante y en otros espacios públicos comerciales.

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    ¿Quién puede solicitarla?

    Municipios y demás entes locales reconocidas en el artículo 3 de la Ley Foral 6/1990, de 2 de julio, de la Administración Local de Navarra

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra desde el 2 de julio al 1 de agosto de 2024.

    ¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

     La documentación requerida en la base 7 de la convocatoria.

    ¿Qué tipos de proyectos son subvencionables?

    • Renovación y acondicionamiento de mercados municipales
    • Adecuación de locales comerciales desocupados
    • Acondicionamiento de áreas de mercado ambulante                                                                                                                                                                                                                                      

    ¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

    Se consideran subvencionables aquellas inversiones ejecutadas, facturadas y abonadas entre el 1 de enero de 2024 y el 9 de diciembre de 2024.

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8 de la convocatoria.

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos que cubren las ayudas son los que siguen:

    a.) Modernización de Mercados Municipales

    • Obras y reformas para mejora las instalaciones y su accesibilidad, así como el acondicionamiento del edificio y de las instalaciones, mejora de los elementos estructurales, de cubiertas, de fachadas interiores y/o exteriores para conseguir una imagen integral y homogénea, adaptación de accesos, instalación de suelo antideslizante, de sistemas de iluminación acorde con los productos expuestos y compatibles con la eficiencia energética y otras actuaciones similares.
    • Dotación de instalaciones generales de los edificios, como pueden ser: aire acondicionado, equipos contra incendios, consignas, iluminación, aseos, telecomunicaciones, equipamiento tecnológico, implantación de herramientas informáticas de gestión. Programas informáticos y software, etc.
    • Actuaciones tendentes al ahorro y eficiencia energética de las instalaciones del mercado y de los puntos de venta.
    • Señalización exterior e interior del espacio comercial, así como aquellos soportes necesarios para su colocación, soportes publicitarios, mupis, etc…
    • Inversiones de transformación digital, mejorando las funcionalidades de la venta a través de canales digitales que fomenten la omnicanalidad de los modelos de negocio y mejoren la experiencia de compra en el entorno digital de los clientes, mediante inversiones en nuevas tecnologías, instalación de puntos de entrega inteligentes o equipamiento digital.                                                                                                                                                                                b.) Adecuación de locales comerciales desocupados
    • Instalación de paramentos, vinilos y aquellas otras intervenciones en escaparates de locales comerciales sin actividad económica, que contribuyan a la mejora estética del entorno urbano y de la zona comercial.                                                                                                                                                          c.)Acondicionamiento de áreas de comercio ambulante ya existentes, ubicadas en núcleos urbanos
    • Obras de adecuación del espacio sobre la que se desarrolla esta actividad de comercio ambulante
    • Adquisición de equipamiento e infraestructuras destinadas a dar servicio a esta actividad comercial: toldos, carpas, instalaciones metálicas o estructuras portátiles para los puestos de venta

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

    En la línea Modernización de mercados municipales inversión mínima de 10.00 euros el 70%,  en la línea Adecuación de locales comerciales desocupados hasta el 80% y en la línea de Acondicionamiento de áreas de venta ambulante una inversión mínima de 5.000 euros de inversión y hasta el 60% de subvención.

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    Subvenciones a entes locales para mejorar la eficiencia energética en las rutas del Camino de Santiago

    Estas ayudas se enfocan a la mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación en monumentos y espacios urbanos emblemáticos y en infraestructuras turísticas de titularidad pública, en localidades navarras por las que atraviesa alguna de las 5 rutas del Camino de Santiago.

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    ¿Quién puede solicitarla?

    Entidades locales en el ámbito del Camino de Santiago.

    ¿Cuál es el plazo de presentación?

    Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra desde el 15 de junio al 15 de noviembre de 2024.

    ¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

     La documentación requerida en la base 8 de la convocatoria.

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos que cubren las ayudas son los que siguen:

    • Inversiones de renovación de iluminación que cumplan lo siguiente: la tecnología a implantar será LED con programación y sistema de control para regular la intensidad.
    • Inversiones de mejora de la eficiencia energética en infraestructuras turísticas públicas,como mejora de la envolvente térmica, mejora de la eficiencia energética y uso de energías renovables en las instalaciones de climatización y mejora de la eficiencia energética de las instalaciones de iluminación.

    En ambos casos, las actuaciones clasificadas como etiqueta 026 bis, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 30% con respecto a la situación de partid y aquellas con etiqueta 026, tendrán que conseguir y justificar una reducción del consumo de energía primaria no renovable del 15% con respecto a la situación de partida.

    ¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

    Deberán ejecutarse y estar facturadas después de la fecha de presentación de la solicitud correspondiente y con fecha límite del 15 de julio de 2025.

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple, se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación.

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

    En la línea de iluminación de monumentos el 75% o el 90% en función de la eficiencia energética conseguida y en la línea de mejora de infraestructuras turísticas entre el 75% o el 95% en función de la eficiencia energética conseguida y si el edificio está registrado o no, en el Registro de Turismo.

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    Subvenciones a entidades locales para la implantación de áreas de pernocta de turismo itinerante

    La consejería de Cultura, Deporte y Turismo aprueba la convocatoria de subvenciones a entidades locales para la implantación de áreas de pernocta de turismo Itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares, con una dotación total de 800.000€

    El plazo de solicitud de las ayudas va del 11 de junio de 2024 al 30 de junio de 2025

    Plazo de solicitud

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    La finalidad de estas ayudas es propiciar la ordenación del turismo Itinerante de autocaravanas, caravanas y similares, promover la creación de una red de áreas con una visión de conjunto, entendiendo y dando respuesta a los flujos de la actividad, y facilitar la gestión de dichas áreas.

     Quién puede solicitarla?

    Entidades locales de Navarra.

    ¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

    Desde el 11 de junio de 2024 hasta el 30 de junio del 2025.

    ¿Cómo solicito la ayuda?

    A través de esta ficha de Gobierno de Navarra.

    ¿Qué proyectos son subvencionables?

    Tanto la creación de nuevas áreas de infraestructuras turísticas de Áreas de pernocta para el turismo itinerante como el acondicionamiento como Áreas de pernocta de actuales áreas de parada y estacionamiento de las entidades locales de Navarra.

    Dichas áreas deberán adaptarse a lo establecido en el Decreto Foral 22/2024, de 6 de marzo, por el que se regulan las áreas de pernocta del turismo itinerante de autocaravanas, caravanas en tránsito y similares en la Comunidad Foral de Navarra. 

    Los proyectos deberán, además, cumplir con los siguientes requisitos:

    • La propiedad de la parcela es de la entidad local solicitante o se ha cedido a esta durante un periodo mínimo de 10 años.
    • La entidad local adquirirá el compromiso de adherir el área de pernocta a la red de áreas de acogida de visitantes y de áreas de pernocta que está siendo promovida por la DG Turismo, por lo que su sistema de control de accesos, en el caso de que se tuviera, deberá permitir su vinculación a la plataforma de reservas de la citada red.
    • El área de pernocta tendrá un único acceso para los vehículos y estará controlado mediante la instalación de una barrera automática o elemento similar vinculado al sistema de reserva de la DG de Turismo señalado en el punto anterior.

    La entidad local, además, deberá adquirir el compromiso de limitar la pernocta del turismo itinerante en espacios diferentes al área habilitada, así como el de establecer los precios a satisfacer por las personas usuarias por la prestación del servicio, mediante la correspondiente ordenanza municipal que será aprobada en un periodo máximo de 12 meses a partir de la concesión de la subvención.

      ¿Cuáles son los costes subvencionables?

      Los siguientes:

      • La redacción del proyecto y dirección de obra. Se admitirá como subvencionable por estos conceptos un máximo del 10% del presupuesto de las inversiones previstas subvencionables.
      • La ejecución de las inversiones necesarias y proyectadas para la adecuación de las instalaciones e infraestructuras, según el proyecto de ejecución de obras aprobado.
      • Los costes de instalación de los sistemas de control y vigilancia.
      • La adquisición e instalación de mobiliario y equipamiento necesarios, así como la instalación de paneles informativos.

      ¿Cuál es el plazo de ejecución de las actuaciones?

      Las actuaciones deberán ejecutarse (gastos realizados, facturados y pagados) con posterioridad a la fecha de presentación de la solicitud y con fecha límite de 31 de octubre de 2025.

      ¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

      El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia simple, se tramitarán y resolverán conforme al orden de presentación, así que si tienes un proyecto en mente ¡presenta tu solicitud!

      ¿Cuánta ayuda me corresponde?

      Ayuda a fondo perdido de entre un 65% y el 80% sobre el importe de la inversión subvencionable (IVA incluido), de acuerdo con la puntuación obtenida en el baremo y conforme al siguiente detalle:

      –Inversión mínima requerida: 30.000 euros
      –Presupuesto máximo subvencionable: 200.000 euros

      Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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      Puedes contactarnos si necesitas apoyo para tramitar la ayuda.