Abierto el plazo de las ayudas para el fomento de la empresa digital 2025

Abierto el plazo para solicitar las Ayudas para la mejora de la competitividad 2025

El plazo de solicitud de las ayudas se abrió el 13 de junio y termina el 14 de noviembre

La finalidad de la subvención «Fomento de la empresa digital» es promover la transición digital empresarial, mediante la implantación de soluciones tecnológicas digitales

   ¿Qué empresas pueden ser beneficiarias?

Las empresas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser una PYME.
  • Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el IAE en Navarra.
  • Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en caso de que proceda.
  • No estar cumpliendo sanciones administrativas firmes ni una sentencia firme condenatoria por ejercer o tolerar prácticas laborales consideradas discriminatorias por razón de sexo o de género.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la «Declaración responsable» que se incluye en el formulario de solicitud.

¿Qué proyectos son subvencionables?

  • Tipo A1: Implantación de soluciones tecnológicas para la transformación digital de la empresa.
  • Tipo A2: Implantación de soluciones tecnológicas para la transformación digital en empresas que estén elaborando un Plan de Transformación Digital (PTD) y/o un Plan de Ciberseguridad (PCS).
  • Tipo B: Implantación de oportunidades de transformación digital detectadas en el PTD y/o acciones en materia de ciberseguridad reflejadas en el PCS.
  • Tipo C: Formación en competencias digitales.

Además para los Proyectos A y B deben suponer innovación en el ámbito de la empresa desde el punto de vista tecnológico o de aplicación a producto, servicio u organización y deben ser implantados en un establecimiento de la empresa sito en Navarra.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida. Serán subvencionables:

  • Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
  • Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
  • Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación. Están excluidas la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación. 
  • Gastos de formación en competencias digitales.

Los importes relativos a las inversiones y gastos para la adquisición de bienes de equipo o las inversiones en hardware, sensores, etc. de los proyectos Tipo  A y B supondrán como máximo el 40 % de todos los gastos.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

El porcentaje de ayuda sobre los gastos subvencionables será el siguiente en función del tipo de proyecto, siendo el máximo de ayuda a percibir por proyecto de 30.000 euros:

Los proyectos Tipo A y B, podrán obtener una intensidad adicional:

  • Empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2024: un 15% adicional.
  • Empresas que hayan adoptado alguna medida dirigida a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres: un 5% adicional.
  • Empresas que hayan celebrado entre el 01/01/2023 y la fecha de solicitud de ayuda algún contrato con un Centro Especial de Empleo o Empresa de Inserción: 5% adicional.
  • Proyectos contratados con proveedores que tengan el servicio homologado en el Polo de Innovación Digital: 5% adicional.

¿Cúal es la Inversión mínima para cada proyecto?

  • Proyectos Tipo A y B: 2.500 euros (sin IVA).
  • Proyectos Tipo C: 300 euros (sin IVA)

¿Cuáles son los tiempos?

El periodo para la ejecución de los proyectos y para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2025 y la fecha de solicitud de la ayuda.

¿Cuál es el plazo de solicitud de las ayudas?

Las ayudas deben solicitarse vía telemática del 13/06/25 al 14/11/25

Régimen de concesión de las ayudas

El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se concederán por orden de presentación.

 

¿Quieres saber más?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Solicita las ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias 2025

La finalidad de estas ayudas es fomentar las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas que contribuyan a cumplir con los objetivos medioambientales y climáticos de la Unión y mejorar la posición competitiva del sector agroalimentario de Navarra.

⌛ Plazo de solicitud ⌛

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¿Qué tipo de ayudas se incluye?

Se incluyen dos tipos de ayudas:

Línea A: Ayudas con objetivos ambientales a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.
Línea B: Ayudas para mejorar la competitividad a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios.

¿Quién puede beneficiarse de estas ayudas?

Podrán beneficiarse las empresas y entidades sin personalidad jurídica que cumplan:

-Realizar la actividad a subvencionar en Navarra.

-Desarrollen, o vayan a desarrollar, alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas del anexo I del TFUE, a excepción de las empresas del sector de la pesca y de aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado anexo. En el sector del vino sólo serán admisibles las solicitudes de menos de 100.000 euros.

-Estar inscritas o hayan solicitado inscripción en el Registro Industrial de Navarra (cuando proceda).

-Que su actividad económica no cause ningún perjuicio significativo a objetivos medioambientales de los señalados en el artículo 17 del Reglamento (UE) 2020/852 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 18 de junio de 2020.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Los proyectos subvencionables incluyen proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales que tengan la finalidad de:

-Las mejoras en la transformación y comercialización.

-El incremento del valor añadido del producto.

-La mejora de la calidad.

-El incremento de la capacidad productiva.

-La eficiencia energética y en el uso de los inputs.

-El incremento del empleo.

-La diversificación de actividades.

-La protección medioambiental.

-La seguridad laboral.

-La creación de un nuevo establecimiento.

-La ampliación de un establecimiento existente.

¿Cuál es la inversión mínima?

La inversión mínima de los proyectos subvencionables en función de la plantilla media del año 2023 es la siguiente:

-15.000 euros (plantilla menor de 10).

-50.000 euros para plantilla Mayor de 10 (incluido) y menor de 50 (no incluido).

-100.000 euros para plantilla mayor de 50 (incluido) y menor de 250 (no incluido).

-300.000 euros para plantilla mayor de 250 (incluido).

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

El importe de la ayuda dependerá del tipo de proyecto y de la clasificación de la empresa:

Además, si las solicitante acredita cuestiones relacionadas con la igualdad de género (+1%), discapacidad (+1%), proyectos de inversión promovidos por personas menores de 41 años (+1%) o empresas ubicadas en municipios catalogados como “Riesgo extremo” o “Riesgo intenso” de despoblación (la intensidad de la ayuda será del 30% en todos los casos), el porcentaje de la ayuda incrementará en el porcentaje indicado entre paréntesis. 

¿Cuál es el período de ejecución de los proyectos?

El periodo de ejecución de los proyectos comprende el 1 de enero de 2023 y 30 de junio de 2026. Además, a fecha de solicitud de la ayuda, las inversiones no deberán estar finalizadas.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables incluyen:

–La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles.

-La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto.

-La inversión en los siguientes activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y derechos de autoría y marcas registradas.

-Otros gastos relacionados con los dos primeros puntos, tales como honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, así como tributos relacionados con las inversiones de obra civil, con un límite del 20% de los gastos con los que se relacionan.

¿Cuál es el plazo de solicitud?

Entre el 2 de enero y 14 de marzo del 2025, en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se puntúan atendiendo a la base 11 de las bases reguladoras, y se conceden por orden de puntuación

 

¿Quieres saber más?

El personal técnico del Consorcio queda a disposición de las empresas de la Zona Media para cualquier consulta al respecto.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

Abierto el plazo para las ayudas para el fomento de la empresa digital 2024

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 12 de octubre y termina el 2 de diciembre de 2024

La finalidad de la subvención «Fomento de la empresa digital» es impulsar la evolución tecnológica o transformación digital de las pymes, mediante la implantación de soluciones TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y mediante tecnologías habilitadoras digitales.

El Gobierno de Navarra aprueba las ayudas para la eliminación de amianto en empresas para compañías con centro de producción en Navarra

⌛ Fin de plazo ⌛

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¿Qué empresas pueden solicitarla?

Las empresas que reúnan los siguientes requisitos:

  • Ser una PYME.
  • Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el IAE.
  • Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en caso de que proceda.
  • No estar cumpliendo sanciones administrativas ni incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias.
  • No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la «Declaración responsable» que se incluye en el formulario de solicitud.

    ¿Qué proyectos son subvencionables?

    Los siguentes:

    • Tipo A: Implantación de soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa: herramientas y procesos de Business Intelligence, big data, servicios en la nube, mejora de proceso y producto, ciberseguridad, relaciones proveedor/cliente o gestión organizacional.
    • Tipo B: Implantación de oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD). Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones tecnológicas que se hayan detectado como oportunidades en el PTD elaborado por la empresa.
    • Tipo C: Formación en competencias digitales.
    • Tipo D: Auditorías en materia de ciberseguridad.     

    ¿Cúal es la Inversión mínima para cada proyecto?

    • Proyectos Tipo A y B: 2.500 euros (sin IVA). 
    • Proyectos Tipo C y D: 300 euros (sin IVA)

       

    ¿Qué gastos son subvencionables?

    Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:

    • Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
    • Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
    • Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación.
    • Gastos en competencias digitales.
    • Gastos de auditoría en ciberseguridad.

    Los importes relativos a las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, supondrán como máximo el 40 % de todos los gastos.

    ¿Qué gastos no son subvencionables?

    La adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.

                                                                                                                                                                                                          

    ¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

    El porcentaje de ayuda sobre los gastos subvencionables será el siguiente en función del tipo de proyecto, siendo el máximo de ayuda a percibir por proyecto de 30.000 euros. La intensidad de la ayuda es del 35% para las Soluciones TIC aplicadas a la «transformación digital» de la empresa, del 45% para las oportunidades de transformación digital detectadas en el PTD, del 90% paraproyectos de formación en competencias digitales y del 50% para auditorías en material de ciberseguridad.

    Además, los proyectos tipo A y B, podrán obtener una intensidad adicional:

    • Empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2023: un 15% adicional.
    • Empresas que hayan adoptado alguna medida dirigida a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres: un 5% adicional.

    ¿Cómo y cuándo puedo solicitar la ayuda?

    Las ayudas deben solicitarse vía telemática del 12/10/24 al 02/12/24

    ¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

    El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se concederán por orden de presentación.

    ¿Cuál es el periodo de realización de los proyectos?

    El periodo para la ejecución de los proyectos y para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud de la ayuda.

    Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

    ¿Tienes dudas? ¡Contáctanos!

    Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por Gobierno de Navarra. Puedes solicitarnos cita en consorcio@navarramedia.org, teléfono 948 740 739.

    Traspaso de un comercio de muebles y decoración en Artajona

    Se traspasa una tienda de muebles, cortinas, descanso y decoración del hogar en una zona de fácil acceso en Artajona

    «La tienda de Fran» lleva 30 años de servicio y se traspasa por motivo de la jubilación de su dueño. 

    Este local de la Avenida de la Constitución nº54 de Artajona es una tienda de tres pisos con una superficie de 500 metros cuadrados que vende mobiliario, decoración o ferretería: un local en el que puedes encontrarlo todo para el hogar.

    El traspaso está anunciado en la Bolsa de Relevo de Negocios de Gobierno de Navarra y, si te interesa, puedes rellenar el formulario en la web Navarraemprende.com.

    Si te interesa este traspaso puedes pedir asesoramiento en nuestro

    Servicio Gratuito de Apoyo al Emprendimiento, ¡contacta con nuestro equipo!

    Esta comunicación se enmarca en el Plan de Activación Socioeconómica de  la Zona Media.

    Traspaso de un comercio de moda y calzado en Olite/Erriberri

    Se traspasa un comercio de moda y calzado tradicional en pleno casco histórico de Olite/Erriberri

    La tienda se traspasa con alquiler del local para mantener la actividad comercial o iniciar una nueva actividad económica, ya que ha llegado la hora de la jubilación de su dueña, que no cuenta con relevo familiar para el negocio.

    Este local del número 17 de la Rúa Mayor es conocido con cariño como «La Satur» y lleva décadas activo, habiendo pasado de madre a hija. Tiene una superficie de 90 metros cuadrados y no hay personas empleadas 

    El traspaso está anunciado en la Bolsa de Relevo de Negocios de Gobierno de Navarra y, si te interesa, puedes rellenar el formulario en la web Navarraemprende.com.

    Si te interesa este traspaso puedes pedir asesoramiento en nuestro

    Servicio Gratuito de Apoyo al Emprendimiento, ¡contacta con nuestro equipo!

    Esta comunicación se enmarca en el Plan de Activación Socioeconómica de  la Zona Media.