Solicita las ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales

Abierto el plazo de las ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales

La finalidad de estas ayudas es atraer y apoyar a las y los jóvenes agricultores, y a quienes se inician en el sector, y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales. También es objetivo de las ayudas promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales.

   ¿Qué personas pueden ser beneficiarias?

Podrán beneficiarse de estas ayudas personas físicas que emprendan en el medio rural. Hay tres tipologías distintas:

  • Tipo A.1: Personas agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), y que realicen la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo A.2: Familiares de primer grado de una persona agricultora profesional o titular de una explotación. No estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y realizar la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo B.2: Personas que no estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y vayan a realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con riesgo de despoblación.

Otros requisitos para poder solicitar la ayuda son:

  • Tener una edad comprendida entre 18 y 61 años.
  • No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias.
  • No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.
  • Estar al corriente con seguridad social y Hacienda.
  • Contar con los permisos necesarios para realizar la actividad y conformidad del Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados.
  • Presentar un plan empresarial.
  • Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección (Base 9 de la convocatoria).

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida. Serán subvencionables:

  • Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
  • Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
  • Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación. Están excluidas la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación. 
  • Gastos de formación en competencias digitales.

Los importes relativos a las inversiones y gastos para la adquisición de bienes de equipo o las inversiones en hardware, sensores, etc. de los proyectos Tipo  A y B supondrán como máximo el 40 % de todos los gastos.

Las actividades de diversificación deben estar incluidas en alguno de estos ámbitos: 

  • Servicios profesionales.
  • Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros. 
  • Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales. 
  • Provisión de servicios sociales. 
  • Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas. 
  • Transformación y comercialización cuyo producto resultante no se encuentre en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 
  • Provisión de servicios a cualquier sector económico, incluyendo la agricultura, silvicultura o población rural. 
  • Actividades de bioeconomía circular. 
  • Actividades de agroturismo, turismo rural, ocio, recreativas, deportivas, hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía de la ayuda varía en función del tipo de ayuda solicitada:

  • Tipo A.1: Actividad parcial para agricultoras profesionales: Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
  • Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
  • Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.

¿Cuál es el plazo de solicitud de las ayudas?

Las ayudas pueden solicitarse hasta el 19 de enero de 2026.

¿Cuáles son las obligaciones de la ayuda?

  • Ejecutar el plan empresarial y cumplir con los condicionantes y plazos establecidos en la base 15 de las bases reguladoras.
  • Justificar el compromiso de los ingresos mínimos establecidos en cada tipo de ayuda.
  • Mantener la actividad objeto de la ayuda, 3 años desde la fecha del pago final de la ayuda (5 años en total).

¿Cuál es el régimen de concesión de la ayuda?

El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se puntúan y se conceden por orden de presentación, atendiendo a la base 9 de las bases reguladoras.

 

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.