Solicita las ayudas a la inversión en PYMES industriales 2026

La finalidad de estas ayudas es potenciar el peso del sector industrial dentro de la estructura económica productiva de Navarra, reforzar el crecimiento sostenible, la competitividad de las pymes y la creación de empleo en las mismas.

¿Qué empresas pueden ser beneficiarias?

Podrán beneficiarse las empresas que cumplan:

  • Ser PYME definida en el Anexo I del Reglamento (UE) Nº 651/2014.
  • Disponer o que vayan a disponer de un establecimiento en Navarra.
  • Estar inscritas o que hayan solicitado la inscripción en el Registro Industrial de Navarra, conforme la Orden Foral 152/2013.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

Los proyectos subvencionables deben cumplir lo siguiente:

  • El proyecto debe estar ubicado en Navarra.
  • Deben estar incluidos en alguna de las siguientes actividades:
    • Industria manufacturera: Grupo 10.2 y Divisiones de la 13 a la 32, ambas incluidas, de la Sección C de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas (en adelante CNAE-2025).
    • No son acogibles las actividades de fabricación de los productos enumerados en el Anexo I del TFUE (salvo el sector de la transformación de productos de la pesca y de la acuicultura) ni las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas.
    • Valorización de residuos (Actividad 382 de la sección E de la CNAE 2025).
    • Depósito y almacenamiento, actividades de servicios logísticos y Otras actividades auxiliares al transporte (Actividades 521 y 5225-5226 de la Sección H de la CNAE 2025).
    • Información y comunicaciones (Sección J de la CNAE 2025).
  • Deben tener alguna de las siguientes finalidades:
    • La creación de un nuevo establecimiento.
    • La ampliación de un establecimiento existente.
    • La diversificación de la producción de un establecimiento en nuevos productos adicionales.
    • Un cambio esencial en el proceso general de producción de un establecimiento existente.
    • La adquisición de activos pertenecientes a un establecimiento.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables incluyen inversiones en activos materiales e inmateriales que consistan en:

  • a) La adquisición de terrenos para uso industrial, por un importe que no exceda del 10 % del coste total subvencionable del proyecto.
  • b) La adquisición, construcción o mejora de bienes inmuebles e instalaciones generales.
  • c) La adquisición de maquinaria y bienes de equipo e instalaciones anexas. En el caso de adquisición mediante arrendamiento financiero se estará a lo dispuesto en la base 7.
  • d) La adquisición de activos inmateriales: patentes, licencias, conocimientos técnicos u otros derechos de propiedad intelectual.
  • e) Otros costes vinculados con los de las letras b), c) y d), con el límite del 20 % del coste total subvencionable del proyecto:
    • Costes soportados por la obtención de licencias de obra, de actividad y de apertura, o los honorarios de empresas de arquitectura, ingeniería o consultoría.
    • Pequeñas inversiones relacionadas con el proyecto como mobiliario, equipos informáticos y activos inmateriales de gestión.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

El importe de la ayuda depende del tamaño de la empresa y tendrá una ayuda máxima de 400.000 euros:

  • Microempresa: 20%.
  • Pequeña empresa: 18%.
  • Mediana empresa: 10%.

¿Cuál es el plazo para solicitar las ayudas?

Desde el 19 de enero hasta el 16 de marzo de 2026.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva, según los criterios señalados en la Base 10 de la convocatoria.

¿Cuál es el plazo de ejecución de las actuaciones?

El periodo de ejecución de los proyectos comprende desde la fecha de la solicitud de la ayuda hasta el 31 de mayo de 2028.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

El servicio de atención psicológica gratuita a mujeres de la Zona Media cumple cinco años y se amplía a Valdorba

Desde hace cinco años, el Consorcio de Zona Media impulsa desde su Área de Igualdad, y en coordinación con los Servicios Sociales de Base, un servicio de atención psicológica a mujeres en los pueblos del territorio.

Este servicio es gratuito y accesible para todas las mujeres mayores de edad, algo posible gracias a los ayuntamientos, que lo financian a través de los fondos del Pacto de Estado Contra la Violencia de Género.

Ana Ancín Suberviola es una de las profesionales que prestan el servicio en el territorio de Zona Media, que este 2026 se estrena en la zona de Valdorba, cubriendo así todas las áreas en las que el Consorcio desarrolla su actividad. Le apodan «la psicóloga rural», ya que se desplaza a los pueblos para atender las citas que ha fijado vía telefónica directamente con las mujeres. Se rompen de este modo barreras geográficas y de transporte para poder brindar atención psicológica profesional a las mujeres que lo soliciten. Las usuarias del servicio atraviesan diferentes situaciones a nivel emocional y psicológico: desde violencia de género hasta sobrecarga de cuidados o laboral, problemas en el entorno, etc.

Y tú, ¿conocías esta iniciativa?

Buscamos voces clave para impulsar el futuro industrial de la Zona Media: apúntate a una de estas sesiones

💬 📈 Buscamos voces clave como la tuya para impulsar el futuro industrial de la Zona Media 

Desde el Consorcio de Zona Media y AEZMNA trabajamos un año más en el Plan de Activación Socioeconómica de Zona Media. Colaboramos para construir un territorio más coordinado, más eficiente y con mayor capacidad de desarrollo económico industrial. Nuestro Plan está alineado con las directrices estratégicas y los proyectos impulsados desde el Gobierno de Navarra.

Estas sesiones se dirigen a personal político y personal técnico de los ayuntamientos de la Zona Media, están dinamizadas por un equipo profesional y cuentan con el apoyo y participación de SODENA (Sociedad de Desarrollo de Navarra).

Elige una de las sesiones de co creación para aportar tu visión sobre las posibilidades del crecimiento industrial de la Zona Media. El contenido trabajado será similar en ambas sesiones, así que te proponemos diferentes fechas y horarios para que puedas escoger el que mejor se adapte a ti.

🔹22/01/2026 de 09:30 a 11:30 en el Centro Cultural Kulturgunea de Tafalla

🔹05/02/2026 de 16:00 a 18:00 en la Casa de Cultura de Larraga

¿Conoces el efecto DURUNDATU?

Atención, estás en una zona donde podrías experimentar el efecto DURUNDATU

Mira cómo se propaga el efecto DURUNDATU

Durundatu significa «resonar», y es que cuando compras en el pueblo, resuenas.

 

Resuena la vida que se genera cuando compras en la Zona Media y resuena tu gesto, que es un efecto llamada para que otras personas hagan sus compras en comercios de proximidad.

Estas Navidades, déjate llevar por el efecto Durundatu y compra en el comercio local de la Zona Media.

Ayudas a la inversión en industrias agroalimentarias 2026

La finalidad de estas ayudas es fomentar las inversiones en transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas. Inversión en activos materiales o inmateriales que tengan por finalidad:

  • Mejoras de la transformación y comercialización

  • Incremento del valor añadido del producto

  • Mejora de la calidad

  • Incremento de la capacidad productiva

  • Eficiencia energética y en el uso de los inputs

  • Incremento del empleo

  • Diversificación de actividades

  • Protección medioambiental

  • Seguridad laboral

  • Creación de un nuevo establecimiento

  • Ampliación de un establecimiento existente

 

¿Qué empresas pueden ser beneficiarias?

Empresas agroalimentarias que realicen la actividad a subvencionar en Navarra y desarrollen, o vayan a desarrollar, alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de productos agrícolas.

¿Qué actuaciones son subvencionables?

  • Capítulo 1: Ayudas a la realización de inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas del Anexo I del TFUE. A su vez el capítulo 1, tiene dos líneas:
    • Línea A: Ayudas con objetivos ambientales a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios: Ayudas medioambientales.
    • Línea B: Ayudas para mejorar la competitividad a inversiones en transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agroalimentarios. Ayudas a la competitividad.
  • Capítulo 2: Ayudas a la realización de inversiones destinadas a la transformación, comercialización y/o desarrollo de productos agrícolas cuyo producto resultante esté fuera del Anexo I del TFUE.

Serán subvencionables los proyectos de inversión, en activos materiales o inmateriales, que tengan por finalidad los objetivos descritos en el apartado de objetivo. Solamente será subvencionado un proyecto de inversión por cada planta productiva que tenga la empresa en Navarra.

¿Cuál es el importe de la ayuda?

 

Inversiones pertenecientes a la tipología capítulo 1

¿Cuál es el plazo para solicitar las ayudas?

El plazo para la presentación de solicitudes comenzará el 2 de enero de 2026 o el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de Navarra, en caso de ser posterior y finalizará el 20 de marzo de 2026.

Como documentación técnica habrá que presentar entre otras cosas: Memoria técnica y económica descriptiva de la empresa y del proyecto de inversión. Cuando proceda, autorización ambiental en función de la actividad y del proyecto de inversión (Autorización Ambiental Integrada o equivalente, Licencia municipal de actividad, Declaración de Impacto Ambiental, etc.). La documentación necesaria a efectos de los criterios de valoración.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, en función de los criterios de selección, entre otros: Gestión eficiente de los recursos, la energía y los residuos, huella de carbono, características de la ubicación del establecimiento, tamaño de la empresa, innovación, etc.

¿Cuál es el plazo de ejecución de las actuaciones?

Las actuaciones para ayudas del Capítulo 1 deberán ejecutarse entre el 1 de enero de 2024 del 30 de junio de 2027 o la fecha de finalización que se señale en la resolución de concesión. Y las del capítulo 2 se deberán iniciar posteriormente a la solicitud de la ayuda.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.

Solicita las ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales

Abierto el plazo de las ayudas a la creación de empresas para actividades no agrarias en zonas rurales

La finalidad de estas ayudas es atraer y apoyar a las y los jóvenes agricultores, y a quienes se inician en el sector, y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales. También es objetivo de las ayudas promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales.

   ¿Qué personas pueden ser beneficiarias?

Podrán beneficiarse de estas ayudas personas físicas que emprendan en el medio rural. Hay tres tipologías distintas:

  • Tipo A.1: Personas agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), y que realicen la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo A.2: Familiares de primer grado de una persona agricultora profesional o titular de una explotación. No estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y realizar la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
  • Tipo B.2: Personas que no estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y vayan a realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con riesgo de despoblación.

Otros requisitos para poder solicitar la ayuda son:

  • Tener una edad comprendida entre 18 y 61 años.
  • No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias.
  • No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.
  • Estar al corriente con seguridad social y Hacienda.
  • Contar con los permisos necesarios para realizar la actividad y conformidad del Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados.
  • Presentar un plan empresarial.
  • Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección (Base 9 de la convocatoria).

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida. Serán subvencionables:

  • Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
  • Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
  • Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación. Están excluidas la adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación. 
  • Gastos de formación en competencias digitales.

Los importes relativos a las inversiones y gastos para la adquisición de bienes de equipo o las inversiones en hardware, sensores, etc. de los proyectos Tipo  A y B supondrán como máximo el 40 % de todos los gastos.

Las actividades de diversificación deben estar incluidas en alguno de estos ámbitos: 

  • Servicios profesionales.
  • Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros. 
  • Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales. 
  • Provisión de servicios sociales. 
  • Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas. 
  • Transformación y comercialización cuyo producto resultante no se encuentre en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea. 
  • Provisión de servicios a cualquier sector económico, incluyendo la agricultura, silvicultura o población rural. 
  • Actividades de bioeconomía circular. 
  • Actividades de agroturismo, turismo rural, ocio, recreativas, deportivas, hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

La cuantía de la ayuda varía en función del tipo de ayuda solicitada:

  • Tipo A.1: Actividad parcial para agricultoras profesionales: Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
  • Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
  • Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.

¿Cuál es el plazo de solicitud de las ayudas?

Las ayudas pueden solicitarse hasta el 19 de enero de 2026.

¿Cuáles son las obligaciones de la ayuda?

  • Ejecutar el plan empresarial y cumplir con los condicionantes y plazos establecidos en la base 15 de las bases reguladoras.
  • Justificar el compromiso de los ingresos mínimos establecidos en cada tipo de ayuda.
  • Mantener la actividad objeto de la ayuda, 3 años desde la fecha del pago final de la ayuda (5 años en total).

¿Cuál es el régimen de concesión de la ayuda?

El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se puntúan y se conceden por orden de presentación, atendiendo a la base 9 de las bases reguladoras.

 

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

Contáctanos escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.