Subvenciones a entidades locales para revitalizar el comercio rural

Estas ayudas se enfocan a incentivar el consumo en el comercio rural y transformar el modo de hacer comercio en zonas rurales y mejorar las condiciones de aprovisionamiento, distribución y oferta de las zonas rurales de Navarra.

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¿Cuál es el plazo de presentación?

Puedes presentarte a la ayuda en esta ficha de Gobierno de Navarra hasta el 11 de Noviembre incluido.

¿Qué documentación presento para solicitar la ayuda?

La documentación requerida en la base 7 de la convocatoria.

¿Qué tipos de proyectos son subvencionables?

  • Redacción de proyectos técnicos.
  • Inversiones para acondicionamiento y puesta en marcha de locales multiactividad.

¿Cuándo tendrían que llevarse a cabo las actuaciones?

  • Redacción de proyectos técnicos: desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 16 de diciembre de 2024 inclusive.
  • Acondicionamiento de locales multiactividad en zonas rurales: La actuación se realizará durante los años 2024 y 2025 y con fecha límite las obras deben estar finalizadas y recepcionadas para el 31 de octubre de 2025, inclusive.     

¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8 de la convocatoria.

¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?

El procedimiento de concesión de estas ayudas será el de concurrencia competitiva, a fin de establecer una prelación entre las mismas, de acuerdo con los criterios de valoración establecidos en la base 8 de la convocatoria.

¿Qué gastos son subvencionables?

Los gastos que cubren las ayudas son los que siguen:

a.) Redacción de Proyectos Técnicos
 Se admiten los honorarios por servicios técnicos profesionales imprescindibles para la redacción de proyectos técnicos o de memorias técnicas valoradas, sobre proyectos de adecuación de locales de titularidad municipal para la instalación de locales multiactividad.

b.) Acondicionamiento de locales multiactividad
a) Se admiten aquellas inversiones necesarias para el acondicionamiento y puesta en marcha de un establecimiento comercial en locales que sean propiedad de entidades locales, así como la realización de obras y reformas de las instalaciones, acondicionamiento del local, señalización exterior, adquisición de mobiliario y de equipamiento específico, etc.

b) Se admiten asimismo los honorarios por servicios técnicos profesionales imprescindibles y directamente relacionados con las actuaciones anteriores correspondientes, en concreto por la redacción del proyecto técnico y por la dirección de obra. Se admitirá como subvencionable por ambos conceptos un máximo del 20% del presupuesto de las inversiones previstas que sean subvencionables, pero estos gastos no serán tenidos en consideración a efectos de alcanzar el importe de inversión mínimo requerido.

  • Asimismo, en el momento de presentar la justificación final de este tipo de actuaciones, se admitirá como gastos justificados por la redacción del proyecto y por la dirección de obra, hasta un máximo del 20% del importe de ejecución material final debidamente justificado.
  • c) En el caso de que las actuaciones afecten a un edificio completo o a otras obras complementarias (escaleras, reformas tejados, etc.) que se acometan de forma simultánea junto con la adecuación del local multiactividad, se subvencionará exclusivamente la parte proporcional de las construcciones e inversiones que se destinen de forma directa e inequívoca a la actividad objeto de la subvención.

¿Cuál es la cuantía de la ayuda?

En la línea Redacción de proyectos técnicos inversión mínima de 1.000 euros el 90%, en la línea Acondicionamiento de locales multiactividad inversión mínima de 15.000 euros hasta el 80% hasta un máximo de 65.000 euros por actuación.

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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Solicita las subvenciones para inversiones de empresas artesanas 2024

La Dirección General de Comercio y Consumo ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de las Subvenciones para inversiones de empresas artesanas 2024, con una dotación presupuestaria de 70.000 euros.

El plazo de solicitud de las ayudas va del 31 de mayo de 2024 al 30 de junio de 2024

Plazo de solicitud

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Esta subvención va dirigida a apoyar la modernización de los talleres artesanales y sus equipamientos, incrementar su competitividad y mejorar sus estructuras y gestión.

Quién puede solicitarla?

Las empresas artesanas inscritas en el Registro de empresas artesanas, con anterioridad al 1 de abril de 2024, quedando excluidas las empresas artesanas agroalimentarias. Además, se deberá tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana en la fecha de presentación de la solicitud, tener el alta en la Seguridad Social en el momento de solicitud y haber realizado este cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

Desde el 31 de mayo hasta el 1 de julio del 2024.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Las inversiones, facturas y justificantes deberán ejecutarse entre el 7 de noviembre de 2023 y el 8 de noviembre de 2024, ambos inclusive. Los proyectos subvencionables son:

  • Instalación, traslado, reforma y modernización de talleres artesanos: Inversiones para mejorar de talleres artesanos existentes o la creación de nuevos para fomentar la actividad artesanal. Este apoyo se extiende tanto a espacios de producción como a locales de venta y comercialización, independientemente de si en ellos se lleva a cabo la actividad productiva.
  • Equipamiento de talleres artesanos: Inversiones para la adquisición y puesta en marcha de maquinaria y equipo específico necesario para la actividad artesanal, incluyendo los costes de transporte. También cubre la infraestructura para la producción y comercialización de productos artesanos.
  • Inversiones de transformación digital: Inversiones en implantación de tienda online, desarrollos evolutivos de webs y programas informáticos de gestión de la pyme.

La inversión mínima exigida (IVA excluido) para cada tipo de actuación es: 

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 31 de mayo y será hasta el 1 de julio de 2024.

¿Qué obligaciones tengo?

Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de  2 años.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva según los criterios señalados en la Base 7 de la convocatoria.

¿Cuánta ayuda me corresponde?

El importe de la subvención será del 75% de la inversión subvencionable (IVA excluido), con los siguientes máximos:

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

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