La Dirección General de Comercio y Consumo ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de las Subvenciones para inversiones de empresas artesanas 2024, con una dotación presupuestaria de 70.000 euros.

El plazo de solicitud de las ayudas va del 31 de mayo de 2024 al 30 de junio de 2024

Plazo de solicitud

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Esta subvención va dirigida a apoyar la modernización de los talleres artesanales y sus equipamientos, incrementar su competitividad y mejorar sus estructuras y gestión.

Quién puede solicitarla?

Las empresas artesanas inscritas en el Registro de empresas artesanas, con anterioridad al 1 de abril de 2024, quedando excluidas las empresas artesanas agroalimentarias. Además, se deberá tener en vigor el carnet que acredita la condición de empresa artesana en la fecha de presentación de la solicitud, tener el alta en la Seguridad Social en el momento de solicitud y haber realizado este cuestionario de autoevaluación para determinar su grado de madurez digital a fecha de presentación de la solicitud de la ayuda.

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

Desde el 31 de mayo hasta el 1 de julio del 2024.

¿Qué proyectos son subvencionables?

Las inversiones, facturas y justificantes deberán ejecutarse entre el 7 de noviembre de 2023 y el 8 de noviembre de 2024, ambos inclusive. Los proyectos subvencionables son:

  • Instalación, traslado, reforma y modernización de talleres artesanos: Inversiones para mejorar de talleres artesanos existentes o la creación de nuevos para fomentar la actividad artesanal. Este apoyo se extiende tanto a espacios de producción como a locales de venta y comercialización, independientemente de si en ellos se lleva a cabo la actividad productiva.
  • Equipamiento de talleres artesanos: Inversiones para la adquisición y puesta en marcha de maquinaria y equipo específico necesario para la actividad artesanal, incluyendo los costes de transporte. También cubre la infraestructura para la producción y comercialización de productos artesanos.
  • Inversiones de transformación digital: Inversiones en implantación de tienda online, desarrollos evolutivos de webs y programas informáticos de gestión de la pyme.

La inversión mínima exigida (IVA excluido) para cada tipo de actuación es: 

¿Cuándo puedo solicitar las ayudas?

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 31 de mayo y será hasta el 1 de julio de 2024.

¿Qué obligaciones tengo?

Entre otras, mantener las inversiones subvencionadas como mínimo y de forma ininterrumpida durante un mínimo de  2 años.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Las subvenciones previstas en esta convocatoria siguen el procedimiento de concesión en régimen de concurrencia competitiva según los criterios señalados en la Base 7 de la convocatoria.

¿Cuánta ayuda me corresponde?

El importe de la subvención será del 75% de la inversión subvencionable (IVA excluido), con los siguientes máximos:

Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.

¿Tienes dudas?

Puedes contactarnos si necesitas apoyo para tramitar la ayuda.