Consulta aquí los detalles de las Ayudas del Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas del Gobierno de Navarra.
El plazo de solicitud de las ayudas se abrió el 15 de febrero y se va a extender hasta el 31 de mayo de 2023.

Dirigido a
- Personas autónomas: dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos “RETA” o mutualidad del Colegio Profesional. (*)
- Microempresas: aquellas que tienen menos de 10 personas asalariadas y un volumen de negocios anual o balance general inferior a 2 millones de euros. (*)
* Siempre que desarrollen su actividad económica desde al menos un año desde la constitución como microempresa o su alta como trabajador autónomo.
Líneas subvencionables:
- Digitalización
- Economía verde
Las personas solicitantes deberán dirigir sus actuaciones a la línea 1 o a la línea 2. No es posible plantear modificaciones de asignación de acciones entre las líneas 1 y 2.
Cuantía de la subvención:
La cuantía a percibir por la entidad beneficiaria será de 5.000 euros de acuerdo al módulo aprobado en el anexo III de la Orden TES/897/2021, de 19 de agosto.
Cada persona autónoma o microempresa podrá ser concesionaria de una única subvención con cargo a esta convocatoria.
Actividades subvencionables:
Las actuaciones a subvencionar consistirán en el desarrollo, en los 4 meses posteriores a la concesión de la subvención, de una o varias de las acciones descritas en la base 3 de la convocatoria.
IMPORTANTE:
Para el desarrollo de las acciones a) a e) de dicha base, deberán contar con entidades, públicas o privadas, o técnicos especializados que desarrollen su actividad profesional en estos ámbitos:
- Análisis de la situación de partida, fijación de objetivos a conseguir y definición de las acciones a llevar a cabo para la consecución de los objetivos.
- Diseño y elaboración de la estrategia a llevar a cabo para la consecución de los objetivos planteados, teniendo en cuenta; fases de actuación, cronograma y recursos necesarios para cada actuación.
- Una vez realizado el diagnóstico y definido el plan de acción, se podrá financiar el acompañamiento y tutorización por parte de expertos a la hora de implementar las soluciones identificadas.
- Acciones dirigidas a prestar ayuda personalizada y especializada a las personas beneficiarias para la consolidación de sus negocios, abordando temas como factores de éxito, eficacia de la planificación, gestión financiera y operativa, desarrollo de productos, servicio ecoinnovadores, prácticas acertadas de venta y comercialización, etc.
- Formación práctica orientada a mejorar las competencias emprendedoras de los destinatarios con el objetivo de impulsar la transición hacia la economía verde y digital.
Tanto los asesoramientos como la formación pueden ser presenciales, a distancia o mediante fórmula mixta.
Si la subvención que se solicita tiene por objeto la realización de inversiones, será necesario que la persona beneficiaria justifique la realización previa de alguna o algunas de acciones a) a d) que las prescriban. En este sentido no será válido un autodiagnóstico.
Las entidades beneficiarias estarán obligadas al mantenimiento del empleo de las personas trabajadoras por cuenta ajena contratadas de forma indefinida o temporal por microempresas y por las personas trabajadoras autónomas en el momento de la concesión de la subvención durante los 18 meses siguientes al momento de la solicitud.
Contacto
Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas
Sección de Servicios a Empresas
Centro de Formación Iturrondo
Avenida de Villava, nº 1
31600 Burlada
Correo electrónico: transformacionproductiva@navarra.es
Esta comunicación se enmarca en el plan de activación económica de la Zona Media dentro del proyecto P29.
