Abierto el plazo para las ayudas para el fomento de la empresa digital 2024
El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 12 de octubre y termina el 2 de diciembre de 2024
La finalidad de la subvención «Fomento de la empresa digital» es impulsar la evolución tecnológica o transformación digital de las pymes, mediante la implantación de soluciones TIC (Tecnologías de la Información y la Comunicación) y mediante tecnologías habilitadoras digitales.
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¿Qué empresas pueden solicitarla?
Las empresas que reúnan los siguientes requisitos:
- Ser una PYME.
- Tener domicilio fiscal en Navarra y estar dadas de alta en el IAE.
- Estar inscritas en el Registro Industrial de Navarra en caso de que proceda.
- No estar cumpliendo sanciones administrativas ni incursas en prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias.
- No estar incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiarias del artículo 13.2 de la Ley Foral 11/2005, de 9 de noviembre, de Subvenciones, cuyo cumplimiento se acreditará mediante la «Declaración responsable» que se incluye en el formulario de solicitud.
¿Qué proyectos son subvencionables?
Los siguentes:
- Tipo A: Implantación de soluciones TIC aplicadas a la transformación digital de la empresa: herramientas y procesos de Business Intelligence, big data, servicios en la nube, mejora de proceso y producto, ciberseguridad, relaciones proveedor/cliente o gestión organizacional.
- Tipo B: Implantación de oportunidades de transformación digital detectadas en el Plan de Transformación Digital (en adelante, PTD). Consistirán en el desarrollo e implantación de soluciones tecnológicas que se hayan detectado como oportunidades en el PTD elaborado por la empresa.
- Tipo C: Formación en competencias digitales.
- Tipo D: Auditorías en materia de ciberseguridad.
¿Cúal es la Inversión mínima para cada proyecto?
- Proyectos Tipo A y B: 2.500 euros (sin IVA).
- Proyectos Tipo C y D: 300 euros (sin IVA)
¿Qué gastos son subvencionables?
Los gastos subvencionables serán facturados a la beneficiaria de la ayuda por empresas externas para la implantación de la solución elegida:
- Gastos por la consultoría y equivalentes, para el diagnóstico, planificación, definición, desarrollo e implantación de la solución.
- Gastos de licencias de software específicas (on premise o cloud), directamente relacionados con la solución innovadora a implantar.
- Gastos por la adquisición de bienes de equipo y las inversiones en hardware, sensores, automatismos y equipos de comunicaciones, directamente asociados al proyecto de implantación.
- Gastos en competencias digitales.
- Gastos de auditoría en ciberseguridad.
Los importes relativos a las inversiones y gastos en hardware directamente asociados al proyecto, supondrán como máximo el 40 % de todos los gastos.
¿Qué gastos no son subvencionables?
La adquisición de ordenadores personales y servidores, impresoras, terminales, displays, tabletas, consolas y similares, salvo en los casos en que actúen como interface de captura de datos en procesos de fabricación.
¿Cuál es la cuantía de la ayuda?
El porcentaje de ayuda sobre los gastos subvencionables será el siguiente en función del tipo de proyecto, siendo el máximo de ayuda a percibir por proyecto de 30.000 euros. La intensidad de la ayuda es del 35% para las Soluciones TIC aplicadas a la «transformación digital» de la empresa, del 45% para las oportunidades de transformación digital detectadas en el PTD, del 90% paraproyectos de formación en competencias digitales y del 50% para auditorías en material de ciberseguridad.
Además, los proyectos tipo A y B, podrán obtener una intensidad adicional:
- Empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2023: un 15% adicional.
- Empresas que hayan adoptado alguna medida dirigida a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres: un 5% adicional.
¿Cómo y cuándo puedo solicitar la ayuda?
Las ayudas deben solicitarse vía telemática del 12/10/24 al 02/12/24.
¿Qué criterios se valoran para conceder la ayuda?
El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se concederán por orden de presentación.
¿Cuál es el periodo de realización de los proyectos?
El periodo para la ejecución de los proyectos y para la realización de los gastos subvencionables estará comprendido entre el 1 de enero de 2024 y la fecha de solicitud de la ayuda.
Esta entrada es un resumen de la convocatoria, si vas a presentarte, consulta las bases completas de la ayuda al comienzo de la página.
¿Tienes dudas? ¡Contáctanos!
Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por Gobierno de Navarra. Puedes solicitarnos cita en consorcio@navarramedia.org, teléfono 948 740 739.



