La finalidad de estas ayudas es atraer y apoyar a las y los jóvenes agricultores, y a quienes se inician en el sector, y facilitar el desarrollo empresarial sostenible en las zonas rurales.
También es objetivo de las ayudas promover el empleo, el crecimiento, la igualdad de género, la participación de las mujeres en la agricultura, la inclusión social y el desarrollo local en las zonas rurales. El plazo de solicitud de las ayudas termina el 16 de diciembre de 2026.
¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Podrán beneficiarse de estas ayudas personas físicas que emprendan en el medio rural. Hay tres tipologías distintas:
- Tipo A.1: Personas agricultoras profesionales inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Navarra (REAN), y que realicen la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
- Tipo A.2: Familiares de primer grado de una persona agricultora profesional o titular de una explotación. No estar dados de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y realizar la actividad en municipios de Navarra considerados como zonas rurales.
- Tipo B.2: Personas que no estén dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos (RETA) y vayan a realizar la actividad en los municipios de Navarra considerados como zonas rurales y con riesgo de despoblación.
¿Qué otros requisitos necesitas para beneficiarte de la ayuda?
- Tener una edad comprendida entre 18 y 61 años.
- No haber sido beneficiaria de esta ayuda en anteriores convocatorias.
- No haber realizado la misma o similar actividad en los 5 años anteriores.
- Estar al corriente con seguridad social y Hacienda.
- Contar con los permisos necesarios para realizar la actividad y conformidad del Gobierno de Navarra sobre los ámbitos afectados.
- Presentar un plan empresarial.
- Obtener una puntuación mínima de 24 puntos en los criterios de selección (Base 9 de la convocatoria).
¿Qué actividades son subvencionables?
Las actividades de diversificación deben estar incluidas en alguno de estos ámbitos:
- Servicios profesionales.
- Actividades relacionadas con las tecnologías de la información, informática u otros.
- Desarrollo de actividades artísticas y/o artesanales.
- Provisión de servicios sociales.
- Establecimiento de talleres, industrias, locales o instalaciones para actividades no agrícolas.
- Transformación y comercialización cuyo producto resultante no se encuentre en el Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.
- Provisión de servicios a cualquier sector económico, incluyendo la agricultura, silvicultura o población rural.
- Actividades de bioeconomía circular.
- Actividades de agroturismo, turismo rural, ocio, recreativas, deportivas, hostelería o actividades relacionadas con el desarrollo económico territorial.
¿Cuál es el importe de la ayuda?
La cuantía de la ayuda varía en función del tipo de ayuda solicitada:
- Tipo A.1: Actividad parcial para agricultoras profesionales: Prima 20.000 euros. Compromiso de 6.000 euros de ingresos.
- Tipo A.2: Actividad principal para familiar en primer grado de agricultoras: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
- Tipo B.2: Actividad principal sin vinculación a explotación agraria: Prima 40.000 euros. Compromiso de 12.000 euros de ingresos y el porcentaje de ingresos final sea mayor al 49 % respecto a los ingresos totales obtenidos en el conjunto de actividades realizadas.
¿Qué obligaciones tengo si me conceden la ayuda?
- Ejecutar el plan empresarial y cumplir con los condicionantes y plazos establecidos en la base 15 de las bases reguladoras.
- Justificar el compromiso de los ingresos mínimos establecidos en cada tipo de ayuda.
- Mantener la actividad objeto de la ayuda, 3 años desde la fecha del pago final de la ayuda (5 años en total).
¿Hasta cuándo puedo solicitar la ayuda?
Hasta el 16 de diciembre de 2026. La ayuda se concede en régimen de concurrencia competitiva. Los proyectos se puntúan y se conceden por orden de presentación, atendiendo a la base 9 de las bases reguladoras.
Los proyectos tipo A y B, podrán obtener una intensidad adicional:
- Empresas con menos de 15 personas de plantilla media en el año 2024: un 15% adicional.
- Empresas que hayan adoptado alguna medida dirigida a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres: un 5% adicional.
- Empresas que hayan celebrado entre el 01/01/2023 y la fecha de solicitud de ayuda algún contrato con un Centro Especial de Empleo o Empresa de Inserción: 5% adicional.
- Proyectos contratados con proveedores que tengan el servicio homologado en el Polo de Innovación Digital: 5% adicional.
¿Cuál es el plazo de solicitud?
Las ayudas deben solicitarse vía telemática y puede hacerse hasta el 06/11/2026. El procedimiento de concesión de la ayuda será el régimen de evaluación individualizada, por lo que las solicitudes se concederán por orden de presentación.
¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?
Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda a las personas promotoras del territorio y a quienes tienen en venta un negocio por traspaso. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.
Desde el Plan de Activación Socioeconómica de la Zona Media prestamos asesoramiento para la tramitación de esta ayuda para los negocios de este territorio. Este servicio es público y gratuito y está subvencionado por el Gobierno de Navarra-Nafarroako Gobernua. Contáctanos y agendamos una cita para resolver tus dudas.
Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media. El presente documento es un resumen de las bases reguladas, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.