El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 7 de febrero y será de un mes a partir del día siguiente al inicio de la actividad. Podrán solicitar la ayuda las personas constituidas como autónomas desde el 4 de noviembre de 2025.

El Servicio de Fomento del Empleo y Servicios a Empresas ha aprobado la convocatoria y las bases reguladoras de Subvenciones para promoción de empleo autónomo durante el año 2025, con una dotación presupuestaria de 3.000.000 de euros (en 2024 la dotación fue de 2.900.000 €).

Esta subvención apoya a las personas desempleadas que inician una actividad económica y generan su propio empleo, por cuenta propia, incluidas también las que forman parte de una sociedad civil o comunidad de bienes.

¿Quién la puede solicitar?

Personas desempleadas e inscritas en una de las Agencias del Servicio Navarro de Empleo – Nafar Lansare (SNE-NL) que se establezcan como autónomas o las que forman parte de una sociedad civil o comunidad de bienes. Sólo se subvencionarán las altas en el RETA/mutualidad posteriores a la publicación de esta convocatoria.

Con las siguientes exclusiones:

  1. Quienes hayan sido beneficiarias de la subvención a la promoción del empleo autónomo del SNE-NL en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad.
  2. Quienes hayan desarrollado como persona trabajadora autónoma por cuenta propia, a título principal, la misma o similar actividad en los cuatro años inmediatamente anteriores a la fecha del inicio de la nueva actividad.
  3. Las personas socias de sociedades mercantiles y quienes ejerzan las funciones de dirección y gerencia que conlleva el desempeño del cargo de consejo o administración para una sociedad mercantil; personas socias trabajadoras o de trabajo de cooperativas y sociedades laborales, aunque estén integradas en el Régimen Especial de Trabajadores Autónomos de la Seguridad Social; personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.
  4. Personas trabajadoras autónomas en calidad de familiares colaboradores.
  5. Quienes se den de alta en el Régimen Especial Agrario por cuenta propia.

¿Cuánta ayuda me dan?

Importe de la subvención: de 2.000 a 5.000 euros. Según las circunstancias personales (si concurren varias, la de mayor importe):
A. General: 2.000 euros.
B. Jóvenes de 30 años o menos: 2.200 euros.
C. Personas mayores de 45 años: 2.200 euros.
D. Personas desempleadas de larga duración: 2.200 euros.
E. Personas con discapacidad: 3.000 euros.
F. Personas perceptoras de la Renta de Inclusión Social o similar: 3.000 euros.
G. Mujeres víctimas de violencia de género: 4.000 euros.

En los casos A. y F. anteriores se concederá una ayuda de 500 euros adicionales si quien emprende es una mujer.

Ayuda adicional de 1.000 euros si la persona trabajadora autónoma desarrolla su actividad (alta en el IAE) en una localidad de Navarra de menos de 5.000 habitantes, siempre y cuando:

  • Disponga de un local/domicilio de negocio en la localidad y que así conste en el IAE (parcela, metros cuadrados, etc).
  • En caso contrario, empadronamiento en esa localidad superior al año.

Se excluyen de la ayuda adicional de 1.000 € las siguientes localidades de menos de 5.000 habitantes: Aranguren, Berrioplano/Berriobeiti, Cendea de Olza /Oltza Zendea, Cizur, Egués, Galar, Noáin (Valle de Elorz) / Noain (Elortzibar).

¿Cuándo puedo solicitar la ayuda?

El plazo de solicitud de las ayudas comienza el 7 de febrero y será de un mes a partir del día siguiente al inicio de la actividad. Se subvencionarán las altas en el RETA/mutualidad desde el 4 de noviembre de 2025 hasta el 15 de noviembre de 2026.

¿Cuáles son las obligaciones?

  • Mantener la actividad (alta IAE y alta en RETA) durante 18 meses.
  • Mantener el negocio en la misma localidad en caso de haber recibido la ayuda adicional de 1.000 €
  • Colocar en el local y en la web un cartel de difusión de la subvención tamaño DIN A3, con los logos correspondientes y con la siguiente frase: “Esta empresa ha recibido una ayuda cofinanciada al 100% con recursos REACT UE, a través del Programa Operativo FSE 2014-2020 de Navarra, como parte de la respuesta de la Unión a la pandemia de COVID-19”.

¿Cuál es el régimen de concesión de las ayudas?

Régimen de evaluación individualizada.

¿Necesitas más información o apoyo para presentar la solicitud?

El Servicio de Apoyo al Emprendimiento de la Zona Media presta asesoramiento para la tramitación de esta ayuda entre las personas promotoras del territorio. Puedes solicitarnos cita escribiendo a consorcio@navarramedia.org o llamando al teléfono 948 740 739.

Documento redactado dentro del servicio de asesoramiento técnico del Consorcio de la Zona Media, en ningún caso sustituye a las bases de las ayudas, para realizar la solicitud de ayudas será necesario conocer el texto íntegro de la Resolución.