Desde hoy 12 de septiembre se abre el plazo para solicitar las ayudas del Programa Kit Digital, para la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas. La principal novedad es que esta convocatoria está dirigida a formas jurídicas hasta ahora excluidas: comunidades de bienes, explotaciones agrarias de titularidad compartida, sociedades civiles profesionales y sociedades civiles con objeto mercantil.
Estas entidades podrán optar a su bono digital si tienen menos de 50 personas empleadas y, como en las anteriores convocatorias, la cuantía ayuda se diferenciará atendiendo a ese criterio:
Segmento I (entidades entre 10 y menos de 50 empleados).
Segmento II (entidades entre 3 y menos de 10 empleados).
Segmento III (entidades entre 0 y menos de 3 empleados).
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consisten en un «bono digital» que puede usarse en soluciones de digitalización. Para ello, tu empresa tiene que contar con la mediación de un Agente Digitalizador. ¿Cuál es su papel? El Agente Digitalizador, en nombre de la empresa beneficiaria, presenta la cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención. Puedes consultar en esta lista cuál es tu Agente Digitalizador más cercano.
Al detalle
Aquí te desglosamos los puntos más importantes, pero si tienes cualquier duda, ¡contáctanos!
Cuantía de las ayudas
El importe máximo del bono por beneficiario será el siguiente en función del Segmento al que pertenezca:
Segmentos de beneficiarios
Importe del bono digital
Segmento I: entidades entre 10 y menos de 50 empleados
12.000 €
Segmento II: entidades entre 3 y menos de 10 empleados
6.000 €
Segmento III: entidades entre 0 y menos de 3 empleados
2.000 €
¿Qué soluciones cubre el Kit Digital?
En el siguiente enlace verás desglosado por segmento y solución los importes subvencionados de cada una de las soluciones. Aquí enumeramos algunas:
Sitio Web y presencia básica en Internet, comercio electrónico, gestión de Redes Sociales, gestión de Clientes, Business Intelligence y Analítica, gestión de Procesos, Factura Electrónica, servicios y herramientas de Oficina Virtual, Comunicaciones Seguras, Ciberseguridad, presencia avanzada en Internet y Marketplace.
Solicitudes
Las ayudas pueden solicitarse desde hoy 12 de septiembre de 2023 hasta el 31 de diciembre de 2024 a las 11:00 horas. Tienenrégimen de concesión directa y los pasos a seguir para solicitarlas son los siguientes:
Registrarse en el área privada dewww.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
Consultar el catálogo de agentes digitalizadores a través de los cuales puedes realizar la digitalización. Puedes filtrar por Comunidad Autónoma y Código Postal para conocer cuáles son las empresas de la zona que ofrecen este servicio.
Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
Las solicitudes se presentarán por la persona solicitante, su representante legal o un representante voluntario/a que cuente con su autorización únicamente a través del formulario automatizado.
Ya está abierta la convocatoria para el solicitar ayudas a la digitalización de empresas dentro del segmento III (entre 0 y 3 personas empleadas), que se incluye en el Programa Kit Digital.
El plazo de solicitud de las ayudas es del 20 de octubre de 2022 hasta el 20 de octubre de 2023 a las 11:00
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el Segmento III, seleccionando, en régimen de concesión directa, las personas beneficiarias de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.
La entidad o persona beneficiaria deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre de la beneficiaria y siendo esta el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
Dirigido a
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento III (entre 0 y 3 personas empleadas), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria.
Solicitudes
Las solicitudes se presentarán por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario/a que cuente con su autorización únicamente a través del formulario automatizado, que recogerá los puntos contemplados en el Anexo I de la Convocatoria, habilitado en la Sede Electrónica de Red.es, el cual también será accesible desde la plataforma Acelera Pyme, dentro del plazo establecido. Deberán estar firmadas por el solicitante o un representante (legal o voluntario/a) del solicitante debidamente apoderado, mediante firma con certificado electrónico. En el caso de que la entidad solicitante cuente con representación mancomunada, la firma deberá realizarse por todos los representantes que sean precisos.
No se admitirá la presentación de solicitudes a través de medios diferentes del formulario habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.
Presupuesto de las ayudas:
El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria es de quinientos millones de euros (500.000.000 €) ampliables mediante Resolución del órgano competente en virtud del artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Cuantía de las ayudas:
El importe máximo de ayuda por entidad o persona beneficiaria será de seis mil euros (2.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento II son los siguientes:
Sitio Web y Presencia básica en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Comercio electrónico:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Gestión de Redes Sociales:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Gestión de Clientes:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 1.500 € (incluye 1 usuario)
Business Intelligence y Analítica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
Gestión de Procesos:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 1.500 € (incluye 3 usuarios)
Factura Electrónica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 250 € (incluye 2 usuarios)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 250 € por usuario (hasta 2 usuarios)
Comunicaciones Seguras:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 125 € por usuario (hasta 2 usuarios)
Ciberseguridad:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (0 ≤ X*< 3 empleados): 125 € por dispositivo (hasta 2 dispositivos)
Presencia avanzada en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (3 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
Marketplace:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento III (3 ≤ X*< 3 empleados): 2.000 €
* Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
Cómo solicitar la ayuda
Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es.
Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
Ya está abierta la convocatoria para el solicitar ayudas a la digitalización de empresas dentro del segmento II (entre 3 y 9 personas empleadas), que se incluye en el Programa Kit Digital.
El plazo de solicitud de las ayudas es del 2 de septiembre de 2022 hasta el 2 de septiembre de 2023 a las 11:00
Esta Convocatoria tiene por finalidad la mejora de la competitividad y el nivel de madurez digital de las empresas y personas en situación de autoempleo comprendidas en el Segmento II, seleccionando, en régimen de concesión directa, las personas beneficiarias de las ayudas mediante un procedimiento de concurrencia no competitiva.
Las ayudas de esta Convocatoria tienen la consideración de subvención directa y consistirán en disposiciones dinerarias destinadas a financiar la adopción de una o varias soluciones de digitalización de las disponibles en el Catálogo de Soluciones de Digitalización del Programa Kit Digital recogido en la plataforma Acelera pyme.
Podrán destinarse asimismo estas ayudas a la adopción de soluciones de digitalización cuyo fin sea sustituir a las soluciones ya adoptadas por el beneficiario, siempre que supongan una mejora funcional.
La entidad o persona beneficiaria deberá emplear la ayuda concedida, cuyo derecho de cobro se denomina «bono digital», en la contratación de una o varias soluciones de digitalización formalizando para ello Acuerdos de Prestación de Soluciones de Digitalización con los Agentes Digitalizadores Adheridos. Este «bono digital» no podrá hacerse efectivo hasta que el Agente Digitalizador, en nombre de la beneficiaria y siendo esta el responsable último, presente la correspondiente cuenta justificativa de la realización de la actividad para la que se concede la subvención y el órgano concedente considere justificada la subvención.
Dirigido a
Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las pequeñas empresas, microempresas y personas en situación de autoempleo del Segmento II (entre 3 y menos de 10 empleados), cuyo domicilio fiscal esté ubicado en territorio español, que acrediten el cumplimiento de los requisitos establecidos en los artículos 7 y 8 de las Bases Reguladoras y el apartado segundo de la Convocatoria
Solicitudes
Las solicitudes se presentarán por el solicitante, su representante legal o un representante voluntario/a que cuente con su autorización únicamente a través del formulario automatizado, que recogerá los puntos contemplados en el Anexo I de la Convocatoria, habilitado en la Sede Electrónica de Red.es, el cual también será accesible desde la plataforma Acelera Pyme, dentro del plazo establecido. Deberán estar firmadas por el solicitante o un representante (legal o voluntario/a) del solicitante debidamente apoderado, mediante firma con certificado electrónico. En el caso de que la entidad solicitante cuente con representación mancomunada, la firma deberá realizarse por todos los representantes que sean precisos.
No se admitirá la presentación de solicitudes a través de medios diferentes del formulario habilitado en la Sede Electrónica de Red.es.
Presupuesto de las ayudas:
El importe máximo total de las ayudas reguladas en la presente Convocatoria es de quinientos millones de euros (500.000.000 €) ampliables mediante Resolución del órgano competente en virtud del artículo 62.3 del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre.
Cuantía de las ayudas:
El importe máximo de ayuda por entidad o persona beneficiaria será de seis mil euros (6.000 €). Los importes máximos de ayuda por Categoría de Soluciones de Digitalización, así como la duración que debe mantenerse la prestación del servicio para el Segmento II son los siguientes:
Sitio Web y Presencia básica en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
Comercio electrónico:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
Gestión de Redes Sociales:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.500 €
Gestión de Clientes:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
Business Intelligence y Analítica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 1 usuario)
Gestión de Procesos:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 3.000 € (incluye 3 usuarios)
Factura Electrónica:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 € (incluye 3 usuarios)
Servicios y herramientas de Oficina Virtual:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 250 € por usuario (hasta 9 usuarios)
Comunicaciones Seguras:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por usuario (hasta 9 usuarios)
Ciberseguridad:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 125 € por dispositivo (hasta 9 dispositivos)
Presencia avanzada en Internet:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
Marketplace:
Meses de prestación del servicio: 12
Ayuda para el Segmento II (3 ≤ X*< 10 empleados): 2.000 €
* Siendo X el número de empleados, según lo dispuesto en el artículo 7 de las Bases Reguladoras.
Cómo solicitar la ayuda
Registrarse en el área privada de www.acelerapyme.es y completar el test de autodiagnóstico digital que no lleva más de 10 minutos.
Consultar la información disponible de las soluciones de digitalización del programa Kit Digital, donde se podrá escoger una o varias de las que se indican en el catálogo que se puede consultar en www.acelerapyme.es.
Solicitar la ayuda en la sede electrónica de Red.es.
Consulta disponibilidad de suelo industrial. Si quieres alquilar o vender informa en el correo indusland@navarramedia.org. TUTORIAL DE USO
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