Publicada en el BON Nº 63 del 18 de marzo la Convocatoria de Subvenciones para la mejora de la competitividad, la digitalización de las empresas comercialefs minoristas y el fomento del emprendimiento comercial.
El plazo de presentación de solicitudes finaliza el 19 de abril.
Se apoya económicamente la implementación de nuevas tecnologías, la mejora del equipamiento y el acondicionamiento del establecimiento comercial, incluidas inversiones por COVID-19, el relevo generacional y el fomento del emprendimiento comercial
DIRIGIDA A:
- Para la inversión en proyectos de modernización y reforma de establecimientos comerciales se requiere que las empresas hayan venido realizando el ejercicio de una actividad de comercio minorista en Navarra con anterioridad al 1 de octubre de 2020.
- En el caso de proyectos de emprendimiento comercial, se requiere constituir una nueva empresa localizada y con domicilio fiscal en Navarra, cuya fecha de alta en el IAE debe estar comprendida entre el 1 de octubre de 2020 y el 31 de diciembre de 2021, ambos inclusive.
- Para solicitar subvenciones por proyectos de comercio no sedentario, se requiere que la empresa figure de alta en el IAE, como comerciante no sedentario, en alguna localidad Navarra a 1 de octubre de 2020.
1. DOTACIÓN PRESUPUESTARIA: 995.000 euros.
2. TIPOS DE PROYECTOS SUBVENCIONABLES
- Inversiones en proyectos de modernización y reforma
- Inversiones en proyectos específicos
- Participación en proyectos de integración empresarial
- Traspasos de comercios
- Programas de desarrollo del modelo de negocio para el comercio rural
- Programas de diagnósticos comerciales
- Inversiones por Covid-19
- Inversiones en proyectos de emprendimiento comercial
- Inversiones en proyectos de comercio no sedentario
- Inversiones en proyectos de desarrollo tecnológico
3. ACTIVIDADES ECONÓMICAS ACOGIBLES
La actividad principal del negocio debe ser de comercio al por menor, y deberá corresponder a alguna de las siguientes de la Clasificación Nacional de Actividades Económicas 2009 (CNAE-2009) aprobada por el Real Decreto 475/2007, de 13 de abril:
- Actividades comprendidas entre los grupos 47.11 y 47.79, ambos inclusive.
- Actividades comprendidas en el grupo 45.32, exclusivamente cuando se trate de recambios, repuestos y accesorios nuevos.
- Actividades comprendidas entre los grupos 47.81 y 47.89 y en el gruppo 47.99, exclusivamente para los proyectos de comercio no sedentario.
Quedan excluidas las actividades de comercio al por menor realizadas en establecimientos especializados comprendidas en el grupo 47.30 (combustible para la automoción) y, por requerir autorización o concesión administrativa especial, las comprendidas en los grupos 47.26 (productos de tabaco) y 47.73 (productos farmacéuticos).
Pasos del procedimiento:
- Evaluación de las solicitudes recibidas; comprobación de la documentación administrativa y requerimiento, en su caso, de la subsanación de la documentación incompleta.
- Resolución de concesión (por el conjunto del plan de inversiones), mediante régimen de concurrencia competitiva, en un plazo máximo de 3 meses desde la presentación de la solicitud de la subvención
- Requerimiento de presentación en el plazo de un mes a contar desde la notificación de la concesión de la subvención, de la declaración relativa a la obligación de transparencia de los beneficiarios de subvenciones (Decreto Foral 59/2013, de 11 de septiembre).
- Evaluación de la justificación de las actuaciones realizadas que se presentará en cualquier momento una vez notificada la resolución de concesión de la subvención, siendo la fecha limite, el 13 de octubre de 2021, inclusive.
- Resolución de abono de la subvención, que se dictará antes del 31 de diciembre de 2020.
ENLACE A LA CONVOCATORIA ÍNTEGRA
Si necesitas ayuda en la tramitación puedes contactarnos: consorcio@navarramedia.org
Foto de la entrada: Ultramarinos – Carnicería Izco en Pitillas, establecimiento beneficiario de la ayuda en la convocatoria de 2020, asesorado desde nuestra entidad.
