Imagen de una persona leyendo una factura y haciendo cálculos con una calculadora.

Como ya sabemos, la obligación de retener el IRPF en una factura es de la persona que paga la factura.

Aquí es donde la cosa se complica si quien paga tiene el domicilio fiscal en Navarra, pues hay diferencias con el resto del Estado, pues aquí se retendrá el 15% de la base imponible (si la factura no lo recoge, lo recomendable es pedir a la persona emisora que corrija la factura).

En caso de que algún o alguna profesional con domicilio fiscal en Navarra facture a alguien de fuera de Navarra, donde se aplique normativa estatal:
1) La factura deberá emitirla descontando la retención del 21% sobre la base imponible.
2) Quien paga la factura deberá ingresar en la Hacienda que corresponda según sea su comunidad autónoma ese 21% de IRPF (distinto al 15% que como hemos dicho se aplica en nuestra Comunidad Foral).

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