Ayudas económicas del Ayuntamiento de Puente la Reina/Gares a microempresas afectadas por la crisis Covid-19

Están dirigidas a titulares de actividades económicas afectadas por la pandemia

El Ayuntamiento de Puente la Reina/Gares ha establecido unas ayudas de apoyo a su tejido empresarial y de servicios para que sigan satisfaciendo las necesidades de su localidad. Se tratan de ayudas directas a empresas de reducido tamaño (personas autónomas y demás microempresas) que hayan sufrido una perdida de sus beneficios durante 2020 de al menos el 30%.

Beneficiarios/as:

  • Personas física dada de alta en el régimen de autónomo o empresas, en ambos casos calificadas como microempresas. Es decir, con menos de 10 personas trabajadoras contratadas (entendida una persona trabajadora como una jornada completa que habitualmente comprende 40h semanales a no ser que en su convenio especifique otro número de horas como jornada completa, por lo tanto con un máximo de contratos de 400 h semanales) y volumen negocio anual o balance no superior a 2 millones de euros.
  • Con actividad económica iniciada con anterioridad al 14 de marzo de 2020
  • Con domicilio fiscal y, en su caso, el local comercial o establecimiento donde se preste el servicio ubicado en el municipio de Puente la Reina/Gares.
  • En el caso de personas jurídicas, constar como sociedad limitada, sociedad anónima, cooperativa, comunidad de bien o sociedad civil.

Cuantía de la ayuda

Según el porcentaje de perdidas y las personas contratadas las ayudas pueden ir desde 150 € hasta 1000 € por solicitante.

Plazo de presentación de solicitudes:

Se ha establecido una apertura de plazo de presentación de solicitudes desde el 6 al 17 de septiembre en la oficina del ayuntamiento. Más información en este enlace.

Dentro del servicio de las actividades del Plan de Activación Socieoconómico de la Zona Media se ha apoyado al Ayuntamiento de Puente la Reina/Gares en la elaboración de la convocatoria, e igualmente se presta apoyo a todas aquellas empresas que quieran tramitar su solicitud de ayuda. Para solicitar este acompañamiento técnico se puede llamar al teléfono 948 740 739, o bien cumplimentar este formulario:

Asesoramiento energético gratuito

Preocúpate por obtener la mejor información. En el Grupo de Acción Local de la Zona Media no somos una comercializadora; miramos por tu interés y nos tienes muy cerca para ofrecerte ayuda sobre eficiencia energética.

 

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Nuevas tarifas eléctricas

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Ayudas a las energía renovables

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Ayudas económicas del Ayuntamiento de Olite – Erriberri

Están dirigidas a titulares de actividades económicas afectadas por la pandemia

La crisis provocada por la pandemia del coronavirus Covid-19 ha sido determinante para que el Ayuntamiento de Olite – Erriberri haya articulado medidas para facilitar la reactivación económica que contribuya a evitar la destrucción de puestos de trabajo. Por ello, dicho ayuntamiento ha considerado oportuno destinar una partida presupuestaria de 30.000 € y aprobar un régimen de ayudas económicas directas.

Las modalidades de ayudas recogidas son las siguientes:

1.- A la adquisición de pantallas, paneles, geles hidroalcohólicos y otros elementos de protección de titulares de actividad.

Ayuda: 75% del coste de material, sin sobrepasar la cantidad de 250 € por actividad o establecimiento. Gasto o inversión realizado entre el 1 de abril y el 31 de diciembre de 2020.

2.- Al pago de cuotas del Régimen Especial de Autónomos de la Seguridad Social.

Ayuda: cuando las cuotas hayan sido condonadas parcialmente, bonificadas o reducidas por cualquier concepto, la cuantía de ayuda será la diferencia entre las cantidades objeto de reducción y la cuota íntegra. No podrá sobrepasar el 75% del importe ni la cantidad de 100 €/mes.

3.- Al pago de gastos generales de la actividad económica durante el año 2020 (agua, energía eléctrica, gas, teléfono y alquiler).

Ayuda: 50% de los gastos, sin sobrepasar 200 € por este concepto.

Actividades económicas:

1.- Actividades profesionales, comerciales, industriales y de servicios.

2.- Actividades que dispongan de establecimiento y estén ubicadas en el término municipal

Beneficiarios/as:

  • Personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes y patrimonios sin personalidad que sean titulares de actividades económicas en situación de alta en IAE anterior al 14 de marzo de 2020 y que se encuentren al corriente con las obligaciones tributarias con la Hacienda Local y de la Comunidad Foral, así como de la Seguridad Social.
  • No tienen que haber sobrepasado una facturación de 150.000 € en 2019.
  • Tienen que haber reducido sus ingresos en 2020 al menos un 40% respecto a 2019.
  • Tienen que permanecer en activo en la actualidad y mantener la actividad al menos 6 meses desde la notificación de la concesión de la subvención.

Plazo de presentación de solicitudes:

Un mes a partir de la publicación de las bases en el BON: BON Nº 188, de 12 de agosto

La presentación de la documentación para solicitar la ayuda deberá llevarse a cabo telemáticamente a través del registro electrónico del Ayuntamiento. Más información en el siguiente enlace.